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El secreto profesional en la abogacía ¿qué comprende?

El secreto profesional en la abogacía es uno de los conceptos más famosos de esta profesión. Sin embargo, que mucha gente haya oído hablar sobre el secreto profesional del abogado no significa que exista un conocimiento preciso entre sus potenciales clientes acerca de esta figura jurídica.

Por eso, vale la pena que, si quieres aprender sobre las funciones del abogado, tengas en cuenta la influencia que el secreto desempeña en su trabajo. De la comprensión de estas formas de actuar va a depender su buen hacer. Presta atención.

¿Qué entendemos por secreto profesional?

En primer lugar, hemos de señalar que una sentencia de 3 de marzo de 2003 de la Sala 3ª, Sección 6ª, del Tribunal Supremo consideraba que el secreto profesional venía a ser como la piedra angular del ejercicio de la abogacía. A continuación, vamos a profundizar en por qué esta frase tiene razón.

Es importante comenzar definiendo este secreto profesional como la posibilidad con la que cuenta cualquier abogado para no revelar ningún hecho que haya sido conocido por él en el ejercicio de los trabajos realizados en los casos en los que participa.

De todas maneras, hemos de señalar que esta concepción del secreto es más amplia que la que se aplica a otras parcelas profesionales. Nos referimos a que, cuando se trata de defender estos derechos profesionales, en realidad, no es clave que los hechos que puedan ser relatados sean secretos o no.

Por otro lado, ten en cuenta que a veces es muy relativo qué se puede considerar como secreto. Entre otras cosas, por el hecho de que la misma naturaleza de estas cuestiones nos impide tener claro cuántas personas las saben.

Así que esta concepción del secreto se extiende a todos los hechos conocidos en el desempeño de la abogacía, entendidos estos trabajos de forma amplia. Cuando nos remitimos a esa amplitud, no solo llamamos la atención sobre las informaciones que ofrece un cliente, sino también a las que pueden ser conocidas por medio de la parte contraria o a raíz de las pesquisas propias de los casos.

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Por otra parte, si un abogado tiene conocimiento de datos que, en principio, son secretos fuera de sus funciones laborales, no puede ser obligado a guardar la confidencialidad sobre estas informaciones.

Por lo tanto, debes valorar que el secreto profesional es una de las garantías que forman parte de la deontología de la profesión de abogado. Se enmarca en los códigos de conducta que han de regir las buenas prácticas de los letrados.

Eso sí, has de saber que el secreto profesional puede ser interpretado desde dos visiones. Dos visiones que tienen el valor de derecho y obligación. Dos concepciones que sirven para proteger tanto los derechos del letrado como los de sus clientes.

Por una parte, el derecho del secreto profesional, desde el punto de vista negativo, se puede interpretar desde una posición de protección de sus intereses. De esta manera, ampara la posibilidad de no declarar cuando un abogado sea instado a ello.

Supone, sin duda, una forma de proteger sus intereses. Y no olvides que ningún juez o tribunal va a poder cambiar este derecho a no declarar los secretos profesionales.

Por otro lado, otro contenido fundamental es la obligación del secreto profesional. Esta se pone en práctica, básicamente, para establecer, basándonos en la deontología laboral, una relación de máxima confianza con los clientes.

En este aspecto, se constata que los clientes no acuden a los abogados para contarles sus confidencias, sino que lo hacen para recibir consejos jurídicos relacionados con sus intereses e incluso ser representados en el marco de una vinculación entre mandatario y mandatado.

Por consiguiente, se trata de una garantía para el cliente, puesto que está destinado a salvaguardar la privacidad de las confesiones que lleve a cabo como parte de las estrategias jurídicas. De hecho, le proporciona la máxima libertad para colaborar con los casos sin temor a fugas de información o compromisos legales que puedan perjudicarle más allá de estos.

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¿Cuál es el marco legal del secreto profesional de los abogados?

Por último, hemos reservado un espacio para remitirte a las referencias legales concretas sobre cómo se tiene que materializar este secreto profesional. De este modo, vas a saber siempre justificar tanto su derecho como su obligación.

Lo primero que has de distinguir es que el castigo relativo a la revelación de secretos profesionales que se impone, por los motivos comentados en el apartado anterior, no es el mismo que proviene del artículo 199 del Código Civil.

Por otra parte, el ya repasado derecho del abogado a no declarar viene amparado por el artículo 542 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). De todas maneras, ningún derecho es absoluto, sino que todos han de ser contrastados en determinados contextos con el resto.

Pero sí que debes recordar que es, precisamente, el artículo 24 de la Constitución, que hace referencia a la tutela judicial efectiva de la que disfrutan todos los ciudadanos, el que permite los desarrollos legales del secreto profesional. Por ejemplo, el derecho a no declarar sobre cuestiones presuntamente delictivas por razones profesionales o de parentesco.

Finalmente, acuérdate de que existen algunas excepciones al secreto profesional. Estas tienen que ver con algunos delitos ante los que nuestro ordenamiento jurídico está mostrando una especial sensibilidad en los últimos tiempos.

El secreto profesional no va a ser una cortapisa, por ejemplo, para colaborar en la comunicación de datos como los que se exigen con base en la Ley General Tributaria. Asimismo, con el objetivo de prevenir tanto la financiación de actividades terroristas como el blanqueo de capitales, existe la obligación de cooperar, sin que el secreto profesional represente un obstáculo, con el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac).

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Finalmente, la jurisprudencia recoge dos supuestos más en esta línea: evitar que se condene a un inocente y lograr la propia exoneración del abogado. Incluso el mismo cliente puede solicitar que no rija el secreto profesional.

En definitiva, ¡aprende sobre el secreto profesional de la abogacía en nuestro máster!, pues hace más garantista el desempeño de los letrados tanto para ellos como para sus clientes.

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