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Colegiarse como abogado: Requisitos imprescindibles para ejercer la profesión

A la pregunta de cómo colegiarse como abogado diremos que los Colegios de Abogados establecen unos requisitos imprescindibles para poder ejercer la profesión, entre los cuales está el de encontrarse colegiado en alguno de esos colegios provinciales de España.

Esto quiere decir que incluso los abogados ejercientes en otros países de la Unión Europea han de seguir los mismos procedimientos, no siendo suficiente su colegiación en el país de origen para su ejercicio en el nuestro.

Una vez que tu colegiación se hace efectiva en cualquiera de los colegios provinciales, normalmente el de tu domicilio, tu ejercicio es libre en todo el territorio español, no pudiendo establecerse tasas o trabas adicionales en ninguna parte de nuestro territorio.

Requisitos para la colegiación de abogados en España

Para poder acceder al ejercicio de la abogacia se han de cumplir una condiciones específicas.

Tipos de acceso a la abogacía

Lo primero que debes tener en cuenta es que hay cuatro formas de ejercer profesionalmente y que cada una va a tener algunos requisitos específicos.

La primera es la colegiación a título personal de nuevo ejercicio, es decir, aquellos que se colegian para ejercer por primera vez no habiéndolo hecho nunca antes. Si este es tu caso implica la aportación de toda una serie de documentos fiscales además de los relativos a la colegiación propiamente dicha.

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La segunda sería colegiación por ejercicio profesional nuevo, pero por cuenta ajena, es decir, trabajando para un despacho profesional, una compañía o empresa.

En este caso, los documentos a aportar sustituyen los datos y documentos fiscales como autónomo por los datos y documentos referidos a la relación laboral con la empresa.

En tercer lugar, podrías estar ante la situación de aquellos que desean colegiarse  pero que no tienen intención de ejercer de forma inmediata. Una situación de tránsito o temporal que te beneficia por el hecho de estar colegiado y las ventajas que esto procura, así como por la antigüedad y en previsión de cambios que pudieran producirse.

En cuarto lugar, se da el caso de las reincorporaciones para reanudar un ejercicio de la actividad interrumpido por cualquier circunstancia durante un tiempo en el cual se optó por suspender la colegiación. En esta reincorporación se pueden presentar dos casos, ya sea como letrado en ejercicio o como no ejerciente.

Requisitos comunes a las tres primeras modalidades

En las tres primeras modalidades hay una serie de requisitos comunes:

Titulación

Ha de ser acreditada mediante documento oficial de la facultad, donde conste haber completado los estudios y haber abonado las tasas de expedición del título.

En el caso de haber terminado la carrera hace más de dos años tendrás que aportar la acreditación oficial del título de abogado.

Instancia

Documento firmado por el Excelentísimo Sr. Decano del Colegio de Abogados solicitando tu admisión a ingreso.

Otros documentos comunes

– Acreditación del pago de la cuota colegial.

– Fotocopia del DNI.

– Fotografía tamaño carnet.

– Impreso de domiciliación bancaria.

– Impreso aceptando o rechazando el servicio médico suscrito por el colegio.

– Impreso de protección de datos.

– Certificado de nueva incorporación expedido por el Consejo General de la Abogacía Española.

– Certificado de penales.

– Declaración de salud.

Requisitos específicos para el ejercicio por cuenta propia

Para el ejercicio por cuenta propia has de cumplir una serie de requerimientos fiscales derivados del desarrollo de una actividad económica profesional y la regulación específica de estas actividades.

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Inscripción en la mutualidad o en el RETA

Tendrás que acreditar el pago de la inscripción en alguna de estas dos modalidades.

Para la Mutualidad de la abogacía deberás aportar fotocopia del DNI y algún documento que acredite que eres titular de la cuenta bancaria facilitada para pagos.

En el caso del RETA deberás aportar el documento que acredita tu afiliación al Régimen General de Trabajadores Autónomos.

Alta en el IAE

Deberás acreditar tu alta en el registro del Impuesto de Actividades Económicas, presentando copia de los impresos que acreditan la inscripción de tu actividad en el epígrafe profesional correspondiente.

Suscripción de póliza de seguro de incapacidad temporal

Es muy importante para cubrir cualquier tipo de eventualidad que pueda acontecer y afectar al ejercicio de tu actividad.

Declaración de salud

No se trata de un examen médico, sino de una declaración firmada de no padecer ninguna enfermedad incapacitante y gozar de una salud correcta. Existen modelos destinados a este fin y se pueden acompañar de cualquier tipo de certificado oficial si se desea.

Requisitos específicos para el ejercicio por cuenta ajena con exclusividad

En este caso sustituimos los documentos relativos al ejercicio como autónomo por los de un trabajador por cuenta ajena, como son:

Datos de la empresa

Estos han de incluir el domicilio físico y el fiscal de la misma, los datos del representante y sus datos de alta en el IAE.

Declaración Jurada

De nuevo es un formato libre para el que sirven muchos modelos y en el cual debes reflejar que estas trabajando en exclusividad para la empresa de referencia.

Certificado de empresa

Debe estar suscrito por el secretario, el director, el gerente o representante legal de la empresa y expresar que estás trabajando en exclusividad para la misma.

Solicitud de seguro de incapacidad temporal

Igual que en apartado de autónomos.

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Certificado de Salud

Al igual que en el caso anterior.

Requisitos específicos para los no ejercientes

Se solicitan los requisitos comunes, obviando todos los referentes a la situación de actividad o laboral.

Requisitos específicos de reincorporaciones

En este caso se eliminan los requisitos referentes a la titulación, ya que se supone que esta ya ha quedado registrada en la etapa colegial anterior, pero no así el requerimiento de presentar instancia firmada por el Excelentísimo Sr. Decano del colegio.

Para lo demás se seguirán las pautas establecidas para el caso que proceda, ya sea como ejercicio personal profesional o como trabajador en exclusiva para un despacho o compañía.

Esperamos que con estas indicaciones que te hemos facilitado sobre cómo colegiarse como abogado, los trámites para tu colegiación te resulten claros y fáciles y recuerda que una vez colegiado en un colegio puedes ejercer en toda España.

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Para colegiarse como abogado en España y poder ejercer la profesión de abogacía, es necesario cumplir una serie de requisitos ¡Conoce cuáles son!