El último informe de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, “La maternidad y la paternidad en el trabajo“, analiza la legislación en los países europeos en lo que se refiere a permisos de maternidad, paternidad y parentales. Es importante tener claro las diferencias entre estos tres permisos, pues a menudo tienden a mezclarse y debemos tener en cuenta que no son lo mismo.
Permiso de maternidad
Son permisos para la madre, generalmente remunerados; actualmente la OIT establece un mínimo de 14 semanas. En España este permiso es de 16 semanas remuneradas. De los 185 países estudiados por la OIT, sólo 3, Omán, Papúa Nueva Guinea y Estados Unidos, carecen de permisos remunerados.
También es diferente a cargo de qué organismo va la prestación económica. En el 58% de los países las prestaciones van a cargo de la Seguridad Social, caso de España. En el 24% van por cuenta de la entidad empleadora. El 16% tiene un sistema mixto, Seguridad Social y entidad empleadora.
Permiso de paternidad
Permiso remunerado reservado a los padres tras el nacimiento de hija/o. Varía mucho de unos países a otros. En España desde la Ley de Igualdad los padres disfrutan de 15 días remunerados. La OIT no tiene normas sobre la licencia de paternidad. El permiso de paternidad es remunerado en el 89% de los países (de los 185 estudiados) que tienen derecho a él.
Permiso parental
Es un permiso al que se puede acceder una vez finalizado el permiso maternal/paternal, pueden disfrutarlo el padre o la madre. En países en los que existe esta modalidad, generalmente lo disfrutan las madres. En algunos países es remunerado.
Algunas conclusiones
Ya hemos analizado que la maternidad es la causa principal de discriminación de las mujeres en el mercado laboral, que ser madre tiene connotaciones muy diferentes que ser padre para las empresas. Esto supone que la representación femenina en puestos de dirección sea baja.
El informe de la OIT deja claro que en los países en los que el permiso de paternidad es más largo, los hombres se implican más en las responsabilidades de cuidado y que ello tiene efectos positivos para la igualdad de género en el hogar y en el trabajo.
La Comisión de Igualdad del Congreso de los Diputados aprobó una Proposición no de Ley en la que instaba al gobierno a equiparar los permisos de maternidad y maternidad para eliminar las disfunciones existentes en la legislación actual al respecto.
La OIT denuncia que España es uno de los tres países europeos, junto a Lituania y Rumanía, donde se ha detectado que existe discriminación hacia las trabajadoras embarazadas. Ante estos hechos debemos preguntarnos, si tanto la Comisión de Igualdad como la OIT ven importante igualar los permisos de maternidad y paternidad, ¿cómo se permite que la maternidad se penalice? ¿Por qué no se igualan los permisos cuando está claro que los roles de género cambiarían?
Por Ángeles Briñón
Licenciada en Sociología, experta en Igualdad de Género y Formadora.
Escribe sobre estos temas en su blog Igualdad y Conciliación.
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El cuidado de un recién nacido por naturaleza le es mas inherente a la madre, pero ya basta de machismo, son los dos. Si la normativa apoya este principio, entonces es un buen camino para terminar con la discriminación laboral e igualar los ingresos hombre-mujer.
Es algo que es necesario cambiar porque es una medida feminista y que no permite al padre ver a su hijo lo que él quisiera, el amor que le pueden tener es el mismo pero el tiempo que están con su propio hijo es muy diferente, esperemos que se cambie esta absurda norma de una vez por todas
Como bien has comentado son tiempos de estancia muy distintos y donde es necesario una reforma o una revisión bastante urgente para equiparar a los hombres con las mujeres, es algo que incluso siendo una mujer defiendo