Inicio » Industria Alimentaria » Alimentos caducados: ¿se pueden consumir?

Alimentos caducados: ¿se pueden consumir?

¿Puedo consumir alimentos caducados?; ¿Cuántas veces hemos encontrado en nuestra nevera ese paquete que habíamos olvidado y que, ahora que lo encontramos, resulta que la fecha que aparece en el envase ya está pasada? Esto es algo que nos ha pasado a todos en algún momento y siempre aparece la misma pregunta ¿qué debo hacer, lo tiro, lo consumo, parece que no ha pasado mucho tiempo, tiene buena pinta…? En fin, que al final y ante la inseguridad que nos produce, en la mayor parte de los casos, terminamos tirando a la basura un alimento que podía ser perfectamente consumido sin riesgo para la salud. Desde el año 2013 se está llevando a cabo desde el Gobierno una estrategia.

Por la cual se pretende promocionar las buenas prácticas para disminuir la cantidad de alimentos que se desperdicia. Una de las medidas es precisamente la revisión y ampliación de fechas de caducidad de consumo, lo que supone un aumento de la vida de los alimentos caducados siempre garantizando la seguridad alimentaria.

Lo primero que tenemos que tener en cuenta para poder decidir de forma correcta qué hacer es saber que significa la fecha de caducidad y la fecha de consumo preferente.

Diferencia entre fecha de caducidad y fecha de consumo preferente

Por norma, la fecha de caducidad se aplica a los productos perecederos. Está más dirigida hacia la seguridad del alimento, es decir, son alimentos que tienen riesgo de contaminación microbiológica. Se refiere principalmente a los productos frescos: carne, carne picada, pescado, leche fresca…

LEE:  Cómo deben actuar las empresas ante una alerta alimentaria

En el caso de que tengamos un alimento muy próximo a la fecha de caducidad o en el límite de la fecha de caducidad, lo que podemos hacer no es tirar el alimento, sino congelarlo, teniendo en cuenta que el consumo del mismo deberá hacerse a las 24 h siguientes de la descongelación.

La fecha de consumo preferente se aplica a aquellos alimentos que no son tan perecederos. Está más dirigida a la calidad del alimento. Se refiere a alimentos duraderos y que son estables en el tiempo, es decir, no hay riesgo de contaminación microbiológica del alimento.

Alimentos con fecha de consumo preferente

Hay productos que se pueden consumir una vez superada la fecha de consumo preferente y no por ello son alimentos caducados. Entre estos se encuentran los siguientes productos envasados:

– Bollería, galletas, panes.

– Aperitivos salados, patatas fritas.

– Embutidos curados, envasados al vacío o en atmósfera modificada.

– Quesos curados.

– Bebidas refrescantes.

– Bebidas alcohólicas.

– Huevos.

Todos los anteriores se pueden consumir aunque haya pasado la fecha de consumo preferente. No obstante, tenemos que tener en cuenta que pueden haber sufrido variaciones en la calidad del producto (cambios en el sabor, en la textura, en el olor…), pero no se convierten en productos peligrosos para la salud.

La Ley que afecta a la caducidad de los yogures

Uno de las situaciones más curiosas y que pueden llevar a error es el caso de los yogures. Hasta el año 2014 estos productos tenían la obligación de llevar la fecha de caducidad. Con el Real Decreto 271/2014, de 11 de abril, por el que se aprueba la Norma de Calidad Alimentaria para el yogur o yoghourt, esta situación cambió. En esta normativa se decretó que eran los propios fabricantes los que decidían si ponían la fecha de caducidad o la fecha de consumo preferente en estos productos. Ante la respuesta y la preocupación de la industria y las patronales de los productos lácteos de que se pudiera producir una confusión en los consumidores, al compararlos con otros productos lácteos como las natillas, flanes (en los que se tiene que reflejar obligatoriamente la fecha de caducidad), fue la propia industria quien decidió seguir indicando la fecha de caducidad en lugar de la fecha de consumo preferente.  No obstante, de forma oficial, el yogurt se pueden consumir hasta 35 días después de su fecha de consumo preferente. Sin embargo, el número de días puede ampliarse porque el consumo con un periodo mayor de 35 días no supone un riesgo para la salud del consumidor, aunque el producto podrá perder las características organolépticas propias del mismo.

LEE:  Aumenta la demanda de técnicos de calidad alimentaria

Por tanto la próxima vez antes de plantearnos tirar un producto pensemos si es necesario hacerlo o podemos alargar su vida sin por ello poner en riesgo nuestra salud.

 

¿Consumes alimentos caducados? Esperamos haber resuelto todas todas tus dudas…

 

Formación Relacionada

The following two tabs change content below.

Una respuesta

  • Muy interesante. Un punto hasta ahora que muchos no sabíamos. A veres si nos ayudará a reducir los gastos inútiles en alimentos. Gracias Olga

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

¡Noticias, eventos y formación!

Suscríbete ahora y recibe los mejores contenidos sobre Negocios, Prevención, Marketing, Energías Renovables, Tecnología, Logística y Recursos Humanos.

Acepto recibir comunicaciones comerciales por parte del grupo IMF
He leído y acepto las condiciones


Alimentos caducados: ¿se pueden consumir?

¿Puedo consumir alimentos caducados? En este post damos respuesta a esta pregunta haciendo diferencia entre fecha de caducidad y consumo preferente.