Etiquetas ambientales del Madrid Central ¿en qué consisten?

Desde el pasado miércoles 24 de abril, fecha en la que se cumplían los seis meses desde la entrada en vigor de la Ordenanza de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de Madrid , son obligatorios tener instalados los distintivos ambientales establecidos por la Dirección General de Tráfico (DGT) en aquellos vehículos (automóviles y bicicletas) que circulen o estacionen en la capital de España. De no disponer de ellos se podrá incurrir en sanciones.

¿Cuáles son las etiquetas ambientales en Madrid ?

La DGT definió cuatro distintivos en función del tipo de energía empleada en su movimiento así como del año de matriculación, teniendo presente las consideraciones recogidas en el Plan Nacional de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera 2013-2016 . Las etiquetas existentes se describen a continuación.

Cero emisiones

Son aquellos eléctricos (de batería o de autonomía extendida) e híbridos enchufables con una autonomía superior a los 40 km. También estarían en este grupo los vehículos que utilicen pila de combustible.

Etiqueta ambiental ECO

Aquí se incluyen los vehículos eléctricos con una autonomía inferior a 40 km, los híbridos no enchufables, así como los que utilizan gas natural comprimido (GNC), gas natural licuado (GNL) o gases licuados del petróleo (GLP), en todo caso cumpliendo los criterios de la etiqueta C.

Etiqueta ambiental C

Utilizados por los vehículos que utilizan gasolina matriculados a partir de enero de 2006 (cumpliendo la norma Euro 4, 5 y 6), y los diésel matriculados a partir de 2014 (cumpliendo por tanto la norma Euro 6)

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Etiqueta ambiental B

Empleados en los vehículos de gasolina matriculados a partir de enero de 2000 (cumpliendo la norma Euro 3), y en los diésel a partir de enero de 2006 (cumpliendo la norma Euro 4 y 5).

Aquellos vehículos que no cuenten con ningún distintivo de los comentados anteriormente, podrán circular sin problema alguno (siempre que no haya limitaciones de tráfico en la ciudad de Madrid por limitaciones como las impuestas en los Protocolos de Contaminación, Madrid Central o cualesquiera otras que pudiera haber hasta el 31 de diciembre de 2024).

Etiquetas ambientales imprescindibles para circular en Madrid

El Ayuntamiento de Madrid determinó que las etiquetas medioambientales resulten imprescindibles para acceder al centro de la ciudad. De hecho, en sus actuales políticas de contaminación se encuentra que a partir del 1 de enero de 2020 no puedan acceder al centro aquellos vehículos que carecen de etiqueta, ni siquiera a un aparcamiento, extendiéndose la limitación a los residentes de la zona hasta el año 2025.

La DGT realizó un envío masivo a los titulares de los vehículos, pero en caso de no contar ahora con dicho distintivo se pueden solicitar en cualquier oficina de CORREOS, tras aportar la matrícula del vehículo o el permiso de circulación, y previo pago de 5 euros.

En el caso de que se desconozca la etiqueta que le corresponde a nuestro vehículo, se puede consultar en el correspondiente enlace de la DGT.

Hay que apuntar, tal y como se ha señalado anteriormente, que aunque la ciudad de Madrid haya tomado la delantera en ese sentido en cuanto a las restricciones de la circulación de vehículos por el centro en función del tipo de distintivo ambiental, paulatinamente se irán sumando otras ciudades españolas, por similitud con lo sucedido en otros países europeos, y debido también a las recomendaciones de la Agencia Europea de Medio Ambiente que fija restringir el tráfico en el centro de las ciudades para ayudar a reducir las emisiones de contaminantes.

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En otros lugares se fijan los vehículos que pueden acceder al centro, se pagan peajes o se tienen transportes gratis en días de elevada contaminación y ante la prohibición de usar el vehículo.

Ejemplos de estas actuaciones las tenemos en París, Oslo, Estocolmo, Londres, Viena, Lisboa o Dublín, entre otras.

Lo que es evidente es que las etiquetas ambientales han venido para quedarse.

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