Qué son los combustibles alternativos
En la sociedad actual en la que nos movemos, generalmente se emplea mayoritariamente como fuente de energía en el sector del transporte combustibles derivados del petróleo (básicamente gasolinas, gasóleos y queroseno), con las consecuencias que esto tiene desde el punto de vista económico, medioambiental y social.
Dado que la política energética que emana desde Bruselas se basa en reducir la dependencia que se tiene del petróleo en el sector del transporte al depender en exceso de regiones políticamente inestables e inseguras desde el punto de vista del suministro, y así además contribuir a reducir el cambio climático, se publicó un informe en el año 2013 por parte de la Comisión Europea titulado “Energía limpia para el transporte: estrategia europea en materia de combustible alternativo”. En él se ponía de manifiesto que es preciso apoyar el desarrollo del mercado de los combustibles alternativos y la inversión en sus infraestructuras necesarias en Europa para impulsar el crecimiento y la creación de puestos de trabajo.
A raíz de lo mencionado anteriormente se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la Directiva 2014/94/UE de 22 de octubre, relativa a la implantación de una infraestructura para el combustible alternativo, que se ha transpuesto años más tarde al ordenamiento jurídico nacional a través del Real Decreto 639/2016, de 9 de diciembre, por el que se establece un marco de medidas para la implantación de una infraestructura para los combustible alternativo, incluyendo puntos de recarga para vehículos eléctricos y puntos de repostaje de gas natural y de hidrógeno.
Tipos de combustibles alternativos
En el mencionado Real Decreto, dentro del grupo de “combustibles alternativos” se encuentran los biocarburantes, los combustibles sintéticos y parafínicos, el gas natural (incluido el biometano procedente de la digestión anaerobia de los residuos orgánicos) tanto en forma gaseosa (GNC) como licuada (GNL), los gases licuados del petróleo (GLP), así como la electricidad (con un origen renovable o no) y el hidrógeno. Todas las especificaciones técnicas para los puntos de recarga eléctrica, los puntos de repostaje de hidrógeno para vehículos de motor, así como de gas natural, se encuentran recogidos en esta legislación.
Es necesario que el ciudadano y potencial usuario de este tipo de fuentes de energía tradicionales en el sector del transporte conozca, de manera clara y coherente, la información necesaria sobre los vehículos que pueden repostar cada tipo de energía que se comercialice. Es por ello por lo que se tendrá que incorporar en los manuales de los vehículos, en los puntos de repostaje y recarga, así como en los concesionarios de los mismos, todo aquello que sea preciso para asegurar una correcta utilización.