Pocos profesionales dedicados a la logística internacional (no tanto aquellos que se dedican más al comercio) entienden la importancia de los distintos certificados de origen de la mercancía, por este motivo se ha pensado dedicar una entrada en exclusiva dentro del blog para este tipo de documentos, muy utilizados pero a la vez bastante desconocidos, sobre todo para aquellos profesionales de la logística que no intervienen directa o indirectamente en procesos de importación y exportación.
¿Qué son los certificados de origen de mercancía?
Son documentos que “acreditan” a “modo de prueba documental” el origen de una determinada mercancía que se importa o exporta.
Por supuesto, hay que advertir que este tipo de documentos son totalmente prescindibles en caso de que la mercancía sea de consumo interno (entiéndase dentro de un mismo estado o territorio aduanero donde no se atraviesen fronteras) aunque también hay que decir que en la actualidad, sobre todo muchos compradores requieren, por no decir, exigen, este tipo de certificado como material de apoyo documental para el marketing del producto.
Un ejemplo de esto último son las denominaciones de origen, o la “Marca España” en estados distintos al nuestro.
¿Origen o Procedencia de la mercancía?
Es importante distinguir entre estos dos conceptos que se suelen utilizar indistintamente en diversos ámbitos y que muchos profesionales del mundillo de la logística suelen confundir (sin saberse muy bien porqué).
Pido disculpas por anticipado por la simpleza de la explicación.
- El origen de una mercancía es, utilizando un símil como si estuviéramos hablando de personas, “de donde se es”, es decir, el país o estado donde han sido obtenida, fabricada o elaborada una mercancía. Podría ser el equivalente de su “nacionalidad” en el caso de personas.
- Por otro lado, la procedencia de una determinada mercancía es “de dónde se viene”, es decir, punto de origen del transporte que ha traído dicha mercancía a un país o territorio
Un ejemplo.
Un PC fabricado en Japón tendrá origen japonés aunque su procedencia sea de Turquía porque haya llegado a la Unión Europea desde un centro logístico situado en Estambul.
¿Origen Preferencial de la mercancía?
Hemos hablado de la relativa importancia que tienen este tipo de certificados como herramienta de marketing pero no del verdadero interés para un importador/exportador que es el del pago de derechos arancelarios en base al origen de la mercancía.
Para entender esto tenemos primero que describir que dependiendo del origen de una mercancía se obtendrá un trato preferencial distinto en la aduana, origen que habrá que justificar o demostrar con el certificado correspondiente.
Vamos por partes.
Entendamos primero qué se considera mercancía “comunitaria” y “no comunitaria” y luego entenderemos mejor los orígenes preferenciales de la misma.
Mercancía comunitaria
Es toda aquella obtenida o producida en la Unión Europea, y también toda la mercancía importada (de fuera de la UE) que ha sido despachada a libre práctica (es decir, se han pagado los derechos arancelarios de la U.E y por lo tanto se considera mercancía con status de comunitaria).
Mercancía no comunitaria
Será toda la no obtenida o producida dentro de la UE, o dicho de otra manera, toda la que tiene su origen fuera de la UE.
Pues bien, dentro de esta categoría la mercancía puede o no tener origen preferencial.
Tendrá origen preferencial cuando el país de origen de dicha mercancía tenga firmados acuerdos regulados bilaterales (recíprocos) o unilaterales (autónomos) con la UE.
¿Con que países la UE tiene firmados acuerdos de estos tipos y a que se obligan cada una de las partes? Eso es otra historia que dará, seguramente, para otra entrada.
Por el momento quedémonos con estos conceptos.
El asunto capital reside en el hecho de que si existe un origen preferencial de la mercancía lo más probable es que la misma tenga una reducción arancelaria o incluso una suspensión de la misma, al igual que también quedará eximida del pago de barreras comerciales (tipo antidumping, antisubvención, etc.,).
Es decir, no se tendrá que pagar un impuesto (o varios) a la mercancía como la tendrían otras idénticas si fueran originarias de países sin acuerdo preferencial….y de aquí proviene la importancia de los certificados de origen de la mercancía como prueba ante los despachos de aduana de importación (que son donde fundamentalmente se pagan impuestos, no tanto en los despachos de exportación).
Tipos de certificado de origen según su uso
Centrándonos en los documentos físicos que constituyen los certificados, existen tres grandes categorías: certificados de origen para exportación, certificados de origen para importación, y certificados de origen para tránsito.
Este último bloque, el establecido para el tránsito (interno y externo) es para las mercancías no comunitarias o comunitarias que no van a ser despachadas en el lugar físico de entrada de la mercancía en el territorio aduanero comunitario (TAC) de la UE, teniendo que “transitar” por una parte del mismo.
Certificados de origen para exportación
Serán básicamente tres: certificado de origen comunitario (para países con los que la UE no tiene acuerdos de tratamiento preferencial, y que emiten las cámaras de comercio provinciales correspondientes), y los otros certificados son el EUR-1 y EUR-MED (para países con acuerdos de tratamiento preferencial, los cuales son emitidos por la Agencia Tributaria, AEAT).
Certificados para importación
Hay alguno más: tenemos por un lado el certificado de origen del país de donde es originaria la mercancía (que emiten las autoridades de dicho país, formato no normalizado por la UE para países sin acuerdo preferencial), y luego tenemos el EUR-1, el FORM-A y el ATR (para países con acuerdo preferencial con la UE y cuyo formato está normalizado).
En cuanto al FORM-A ya ha sido sustituido digitalmente por el REX (Registro de Exportadores), es decir, no hay que realizar o solicitar documento alguno sino simplemente estar registrado en el mismo.
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