El nuevo informe de auditoría de cuentas en España

Auditoría de cuentas en España

Nueva regulación en la auditoría de cuentas

Publicada en Julio del 2015  y tras un largo período de espera, la Ley 22/2015 de los trabajos de auditoría sobre cuentas anuales o estados financieros se puso en marcha para todos aquellos ejercicios económicos que se inicien desde junio de 2016. Ahora ya ha pasado un año y  a partir del 01 de Enero del 2018 afectará a todos los trabajos de auditoría de cuentas contratados o encargados independientemente de los ejercicios económicos a los que se refieran.

Adecuación a la legislación comunitaria

Esta nueva legislación permite a las empresas españolas adaptarse a los requerimientos de la NLAC con los cambios de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España (NIA-ES). Una serie de cambios que tienen su apogeo en el planteamiento del nuevo informe de auditoría, cambios en contenido y en forma sobre los que sin duda las auditoras ya están trabajando cara a no tener problemas con su presentación a principios del próximo año.

Requisitos formales y materiales

Estructura

Empezando por la forma o estructura del informe deberá empezar con la sección “Opinión” que irá seguida de “Fundamento de la opinión”. Un orden que debe respetarse en todo caso dando así preferencia a la opinión expresada por el auditor que además trate de asegurar un mejor entendimiento de la información expuesta. Tras dicha opinión, el fundamento deberá recoger la manifestación de independencia del auditor y el cumplimiento de las normas de ética, seguido de las salvedades detectadas.

Contenido

Además, se incluyen tres nuevas secciones:

  • Cuestiones claves de auditoría o Aspectos más relevantes de la auditoría (según sean entidades de interés público o no): en ellos el auditor debe recoger los riesgos más significativos en el desarrollo de su trabajo marcando su significatividad en incorrecciones materiales, juicios significativos de dirección o hechos y transacciones significativas.
  • Incertidumbre material relacionada con el principio de empresa en funcionamiento: concepto que en España suele ir al informe de gestión y del que ahora se deberá hacer mención explícita incluyendo una descripción precisa de las responsabilidades de la dirección y del auditor y de cualquier incertidumbre de valoración material (NIA-ES 720).
  • También se crea un nuevo espacio denominado otra información para otros estados o documentos que acompañen las cuentas anuales requeridos por disposiciones legales.
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Objetivo

Tal como se puede observar los cambios introducidos tienen un objetivo claro: dar información clara, detallada y directa a terceros de la situación de una empresa. Así, se intentan reducir florituras para que los inversores tengan rápidamente la información más interesante que les lleve o no a invertir en esas empresas. De hecho la propia resolución del ICAC indica:

…se exige un informe más explicativo, que contenga información más relevante y específica que ayude, de un lado, a comprender la situación de la entidad auditada, e incluso, si procede, las áreas en las que la dirección aplica juicios significativos y complejos y los riesgos significativos específicos con los que se ha enfrentado el trabajo de auditoría; y de otro lado, a aclarar determinados conceptos que los usuarios pueden no comprender. Con ello se persigue reforzar el valor añadido que proporciona el informe de auditoría tanto a la entidad auditada como a los usuarios, en consonancia con la función de interés público que se le atribuye y que justifica la regulación de esta actividad.

El interés de ello radique en la mayor cantidad de personas que, cada vez, están más interesadas en invertir pero que no tienen los conocimientos necesarios. Una manera sencilla de dar atraer la atención de inversores que se crean lo indicado por el auditor y que no quieran revisar las cuentas y tomar sus conclusiones. Aun así, recordemos, que su trabajo está muy vigilado y que esas “opiniones” deben mantenerlas legalmente.

 

Las dos pestañas siguientes cambian el contenido a continuación.

Manuel López Millán

Tutor de las áreas de Finanzas y Administración de Empresas de IMF Business School. Doctorando en Administración y Dirección de Empresas, Administración y gestión de empresas, por la Universidad Complutense de Madrid. Máster en Dirección Financiera, Contabilidad y finanzas por IMF Business School. Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, Especialidad intracurricular de Contabilidad. por la Universidad Complutense de Madrid
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