La maquinaría empleada en el trabajo puede producir importantes accidentes, por lo que está sometida a unas exigencias de seguridad, que obligan a los fabricantes dotarlas de sistemas de protección en sus áreas peligrosas y a sus empleados a ser tremendamente prudentes y cuidadosos.
Como norma de obligado cumplimiento donde se establecen los criterios de referencia para el desarrollo de los sistemas de prevención en la maquinaria se encuentra:
- R.D. 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de equipos de trabajo.
Para disminuir o eliminar los riesgos ligados a la utilización de la maquinaria, se definen a continuación los riesgos y las medidas preventivas a tal efecto:
- a) Daños principales.
- b) Formas de protección.
- c) Medidas de protección.
1. Daños principales producidos por las máquinas
A pesar de disponer de sistemas de protección y disminuir las posibilidades de accidente, pueden ocurrir accidentes debido a diversas causas. Los daños que pueden producirse son:
a.- Lesiones: se producen por la proyección de los materiales de trabajo o de elementos de la propia máquina.
b.- Cortes, amputaciones, etc.: tienen lugar por el contacto con los puntos de prensado, taladro o corte. Esto puede ocurrir en la utilización de taladros, esmeriladoras, tornos, fresadoras, sierras, cepillos o prensas, etc.
c.- Atrapamientos: riesgos provocados por las transmisiones, ejes, volantes, correas, poleas, engranajes, cabezales y otros elementos móviles de las máquinas.
2. Formas de protección
Siguiendo el Real Decreto indicado, los mecanismos de seguridad en las máquinas se centran en tres aspectos:
a.- A través del diseño: es necesario a tener en cuenta la forma, la disposición y el montaje. Ejemplo: eliminación de aristas vivas.
b.- Con la incorporación de resguardos y dispositivos de protección en aquellas situaciones donde no es posible aplicar el diseño. Ejemplo: hay resguardos para las partes fijas y para las móviles de las máquinas, para distanciar al operario del elemento peligroso, etc. También hay dispositivos de emergencia que detienen una máquina si el operario se aproxima a una zona de peligro, los hay que paran una parte peligrosa, si ésta se ha puesto en funcionamiento por un fallo mecánico, etc.
c.- Información y formación sobre las condiciones de empleo sin peligro de una máquina. Ejemplo: indicaciones para el mantenimiento, la puesta en servicio, el transporte, sobre la forma de utilización, etc.
3. Medidas de protección o preventivas
- Se comprobará periodicamente y se señalizarán las averías.
- Las partes móviles deberán ir completamente cubiertas por resguardos.
- Si existe un fallo en un medio de protección, se paralizará.
- Las partes cortantes o punzantes se mantendrán debidamente afiladas y las cabezas metálicas carecerán de rebabas.
- En ningún caso se utilizarán para fines distintos a los que están destinadas.
- Las conexiones a tierra, operaciones de entrenamiento, reparación, engrasado y limpieza se realizarán con la máquina parada.
- Los órganos de mando estarán claramente visibles y señalizados.
- Habrá un manual de instrucciones en el idioma oficial del lugar donde se utilicen los equipos de trabajo, el cual será aportado por el fabricante.
Luis M. de la Flor, experto en Prevención de Riesgos Laborales
Excelente artículo sobre la maquinaria y la prevención. Como expertos en el sector de la maquinaria industrial conocemos la importancia de la prevención en el uso de cualquier maquinaria. Con vuestro permiso, compartimos el artículo
Unos consejos y medidas de prevención muy importantes de conocer y muy útiles.
Gracias por compartir.