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Funciones y tareas del Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales

El Reglamento de los servicios de prevención (RD 39/1997) establece tres niveles de formación en materia de prevención de riesgos laborales (PRL): básico, intermedio y superior. En esta entrada nos referiremos a las funciones del técnico superior en prevención de riesgos laborales.

¿Qué es un Técnico en Prevención de Riesgos Laborales?

Un técnico superior en prevención de riesgos laborales es un profesional que se ha especializado en la identificación, evaluación y control de los riesgos laborales en las empresas y organizaciones. Su función principal es garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en el lugar de trabajo, mediante la implementación de medidas de prevención y la gestión de sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo.

Para ello, el técnico superior en prevención de riesgos laborales debe tener un amplio conocimiento de las normativas y legislaciones en materia de PRL, así como de los distintos factores que pueden afectar a la seguridad y salud de los trabajadores. Además, debe tener habilidades para realizar evaluaciones de riesgos, diseñar y poner en práctica planes de prevención, y coordinar y supervisar la implementación de medidas de seguridad y salud en el trabajo.

En resumen, el técnico superior en prevención de riesgos laborales es un profesional clave para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en el lugar de trabajo, y para evitar accidentes y enfermedades laborales.

Funciones del Técnico de Nivel Superior en PRL

Estas funciones vienen definidas en el Art. 37 del R.D. 39/1997, de 17 de enero:

  • Promover, con carácter general, la prevención en la empresa y su integración en la misma.
  • La realización de evaluaciones de riesgos en general y especialmente aquellas cuyo desarrollo exija: El establecimiento de una estrategia de medición para asegurar que los resultados obtenidos caracterizan efectivamente la situación que se valora, o una interpretación o aplicación no mecánica de los criterios de evaluación.
  • La formación e información de carácter general, a todos los niveles, y en las materias propias de su área de especialización.
  • La planificación de la acción preventiva a desarrollar en las situaciones en las que el control o reducción de los riesgos supone la realización de actividades diferentes, que implican la intervención de distintos especialistas
  • Proponer medidas para el control y reducción de los riesgos o plantear la necesidad de recurrir al nivel superior, a la vista de los resultados de la evaluación.
  • Realizar actividades de información y formación básica de trabajadores.
  • Vigilar el cumplimiento del programa de control y reducción de riesgos y efectuar personalmente las actividades de control de las condiciones de trabajo que tenga asignadas.
  • Participar en la planificación de la actividad preventiva y dirigir las actuaciones a desarrollar en casos de emergencia y primeros auxilios.
  • Colaborar con los servicios de prevención, en su caso.
  • La vigilancia y control de la salud de los trabajadores: estas funciones solo serán desempeñadas por personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada con arreglo a la normativa vigente.

Responsabilidad de los técnicos de prevención

El técnico en PRL debe ser y es responsable de todas sus actividades relacionados con la seguridad y salud de los trabajadores de la empresa para los cuales realiza sus servicios, por tanto debe ser muy escrupulosos a la hora de evaluar los riesgos y establecer las medidas de prevención.

Uno de los temores que tiene cualquier técnico en el ejercicio de sus funciones es la materialización de un accidente en el que poder ser imputado.

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Por ello es importante conocer las responsabilidades que derivan de esta actividad.

Los tres tipos de responsabilidades a las que debe hacer frente un técnico son:

  • Administrativa: debido a una posible infracción de esta naturaleza por la que deberá hacer frente al pago de una sanción económica.
  • Penal: debido a la imposición de una pena por un órgano judicial pena debido a la comisión de algún delito tipificado como tal en el código penal.
  • Civil: que se centra en la reparación económica del daño causado.

Son muchos los profesionales que han sido imputados y condenados por la materialización de un accidente laboral.

Ser técnico en PRL supone una gran responsabilidad, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo las señala mediante un documento interesante y de lectura obligatoria para todos los alumnos del Master en Prevención de Riesgos Laborales.

Registro de profesionales en PRL

Si estás a punto de acabar tus estudios o ya llevas tiempo ejerciendo como técnico, debes saber que existe en muchas Comunidades autónomas un registro para profesionales de la prevención.

Es el caso del Registro de profesionales de la Prevención de Riesgos Laborales certificados en la Comunidad de Madrid o el Registro de Técnicos de nivel intermedio y superior en Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Este Registro no es obligatorio para poder ejercer la profesión, tiene carácter voluntario para todos aquellos profesionales que hayan obtenido la titulación de técnico intermedio y/o técnico superior en prevención de riesgos laborales que será la que certifique que esta formación se adapta a las exigencias del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero para el ejercicio de ambas profesiones.

De esta manera, cualquier persona física o jurídica que esté interesado en conocer la identidad de cualquiera de estos profesionales registrados para ejercer las funciones en Prevención de Riesgos Laborales, podrán solicitar su identificación, de manera que tendrán la garantía suficiente de que el profesional elegido para llevar a cabo la prevención de su empresa cumple todos los requisitos legales establecidos para ejercer en este campo.

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10 razones para estudiar un Máster en PRL

Formación Relacionada

Las dos pestañas siguientes cambian el contenido a continuación.
Licenciada en farmacia, Técnico superior en prevención de riesgos laborales (3 especialidades), Tutora de cursos ohsas y auditoria de sistema de gestión de la prevención, Experta en obras y Tutora curso de coordinador de seguridad y salud Formadora en PRL en IMF Business School.

9 Respuestas

  • Me gustaría saber si una persona con experiencia en coordinación de seguridad y salud tanto en elaboración de proyectos como en ejecución de obras cumpliría con los requisitos del Artículo 37, del R.D. 39/1997 de 17 de enero por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de Prevención. Un saludo, muchas gracias

  • Soy de Guatemala y estoy interesada en formarme a partir de cero. Soy Administradora de Empresas con énfasis en Finanzas y tengo un máster en Asesoramiento Académico Personal. Trabajo en una Universidad y con dos entidades asesorando el área contable. En mi país entró una ley en abril para mejorar la salud y seguridad oñindustrial. Es por eso que me ineresaría participar en el curso online y quiero saber qué debo hacer y si aceptan que en lugar de estudiar las leyes de España yo estudie las equivalentes de mi país. Muchas gracias.

  • Buenas Tardes.
    Soy de Venezuela graduado como Técnico Superior Universitario en Gerencia Industrial, carrera que forma en Prevención de Riesgos Laborales así como en Seguridad y Salud Laboral, con Diplomados en Seguridad y Salud Laboral y Ergonomía adicional a eso tengo mas de 15 años de experiencia en el ramo, mi pregunta es la siguiente: puedo registrarme y laborar en mi área aquí en España ?

  • CONSULTA UN PREVENCIONISTA SE LE PUEDE EXIGIR REGISTRO DE ENTREGA DE INSUMOS DE SEGURIDAD Y EPP. A LOS TRABAJADORES DE UNA OBRA.

  • claro que sí, antes de entrar en una obra debe exigirse ese registro, y no dejar entrar a nadie si no se presenta.

  • Hola Josefina,
    En julio de 2017 finalicé el Master en PRL impartido por IMF a través del CEU. A continuación, aunque como comentas en el post no es obligatorio, solicité la inscripción en el Registro de la CAM el cual me denegaron por no haber recibido la formación en una entidad homologada por la Comunidad de Madrid. Interpuse un recurso, que después de un año me acaban de notificar que también lo han desestimado.
    Al ponerme en contacto telefónico con IMF, sorprendentemente solo me dijeron que era un problema de la Universidad, desconozco si por desconocimiento o por impartir ahora el máster a través de otra Universidad.
    En el CEU en cambio, tengo que reconocer que trataron el tema personalmente conmigo y me asesoraron en la medida de lo posible.
    Tengo claro que el Master cursado me capacita y habilita para ejercer las funciones contempladas en el art. 37 del R.D. 39/1997 en todo el territorio nacional, pero me sorprende seguir viendo este post en la web y que no haya más comentarios de alumnos/técnicos que hayan pasado por mí situación.
    un saludo,
    Carlos

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