Conozco de cerca a técnicos de prevención pertenecientes a servicios de prevención ajeno que, de alguna manera, lo han pasado mal o lo están pasando al verse imputados en un accidente laboral.
La persona que más sufre en un accidente es el propio accidentado, de eso no hay duda, y es por evitar ese sufrimiento por lo que trabajan cada día miles de técnicos de prevención.
Hasta ahora se ha analizado desde distintos puntos de vista la responsabilidad que los empresarios, los técnicos, los recursos preventivos, los coordinadores de seguridad y salud tienen en la materialización de un accidente laboral. Pero hasta ahora no había un criterio claro por lo que me ha parecido una gran noticia la publicación de la circular 4/2011 del Ministerio Fiscal sobre los criterios para la unidad de actuaciones en materia de siniestralidad laboral.
En ella se especifican claramente las responsabilidades de cada una de las figuras que de una u otra manera tienen autoridad para adoptar las medidas necesarias para prevenir los accidente laborales.
Por medio del enlace anterior podéis acceder al documento íntegro cuya lectura os recomiendo por la trascendencia que puede tener.