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¿Quién puede ejercer de coordinador de seguridad y salud?

Como sabemos, durante toda la elaboración de un proyecto de obra, toma lugar una figura denominada coordinador de seguridad y salud. En este post, conoceremos qué personas pueden ejercer estas funciones y la formación que deben tener.

La Directiva 92/1957 CEE del Consejo de 24 de junio de 1992, es el precedente legislativo de la normativa española sobre disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción y más concretamente del Real Decreto 1627/1997.

Qué funciones tiene el coordinador de seguridad y salud

En la Directiva 92/1957 se menciona la figura del coordinador como el encargado de:

  • Planificar la seguridad en la obra en la fase de proyecto en el momento de tomar las decisiones arquitectónicas.
  • Coordinar y vigilar a las diferentes empresas que presten sus servicios en una obra en orden al cumplimiento y ejecución efectiva del plan de seguridad.

Para llevar a cabo sus funciones, la normativa le concede una serie de facultades que hemos visto en entradas anteriores.

Quién puede ejercer de coordinador de seguridad y salud

IMF como entidad formativa dispone entre su amplia oferta de cursos del Curso de coordinador de seguridad y salud .

El temario de este curso está adaptado al temario indicado en el Apéndice 2 de la Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a las obras de construcción, en el que se señala el contenido mínimo del programa de formación para ejercer las funciones de coordinador en materia de seguridad y salud según el RD 1627/1997, cuyos módulos son los siguientes:

  • Módulo A. Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo.
  • Módulo B. El coordinador en materia de seguridad y salud.
  • Módulo C. Ámbito jurídico de la prevención de riesgos laborales. Marco normativo.
  • Módulo D. Gestión de la prevención de riesgos laborales.
  • Módulo E. Técnicas de comunicación, motivación y negociación.
  • Módulo F. Análisis de las condiciones de implantación en las obras de construcción.
  • Módulo G. Equipos de trabajo. Protecciones colectivas. Equipos de protección individual.
  • Módulo H. Condiciones de seguridad en las obras de edificación.
  • Módulo I. Condiciones de seguridad en las obras civiles.
  • Módulo K. Parte práctica.

Son muchos los alumnos que a lo largo del año realizan el curso del coordinador, en la mayoría de los casos buscando ejercer profesionalmente la coordinación en obras de construcción.

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En otros casos, buscan adquirir conocimientos sobre la seguridad y salud en este sector que a lo largo del año sufre un alto índice de accidentes.

Suelen ser diferentes profesionales como: técnicos en prevención de riesgos laborales, jefes de obra, encargados, delegados de prevención, profesionales que no necesitan este curso para desempeñar su trabajo, pero interesados en adquirir conocimientos en este campo.

No todos los alumnos que realizan el curso podrán ejercer las funciones del coordinador de seguridad y salud, por eso vamos a dar respuesta a la pregunta: ¿Quién realmente puede ejercer como coordinador de seguridad y salud?

El Real Decreto 1627/1997 indica en su artículo 2.1., apartados e) y f:

el coordinador en materia de seguridad y de salud, tanto durante la elaboración del proyecto de obra como durante la ejecución de la misma será un técnico competente”.

Técnico en materia de seguridad y de salud

Pero ¿a qué se refiera con técnico competente? Para responder esta pregunta tenemos que dirigirnos a Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), Ley 38/99 de 5 de noviembre.

Esta Ley en lo que hace referencia a edificación, indica:

Las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para desempeñar la función de Coordinador de Seguridad y Salud en obras de edificación, durante la elaboración del proyecto y la ejecución de la obra, serán las de arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico, de acuerdo con sus competencias y especialidades”.

Por lo que por extensión en obra civil, estas funciones corresponderán a los ingenieros o ingenieros técnicos de acuerdo con sus competencias y especialidades.

Formación Relacionada

Las dos pestañas siguientes cambian el contenido a continuación.
Licenciada en farmacia, Técnico superior en prevención de riesgos laborales (3 especialidades), Tutora de cursos ohsas y auditoria de sistema de gestión de la prevención, Experta en obras y Tutora curso de coordinador de seguridad y salud Formadora en PRL en IMF Business School.

Una respuesta

  • Hola Josefina, muy interesante el artículo. Tengo una duda que tal vez tú me puedas contestar: tengo previsto, en un futuro próximo, autoconstruirme una casa. Habiendo tenido noticias de la necesidad de la figura del coordinador de seguridad, he pensado que tal vez realizando yo el curso podría obviar la contratación de una empresa externa para realizar este trabajo (aclaro que no soy arquitecto ni ingeniero). ¿Podrías indicarme si es necesario serlo también para las obras de autoconstrucción?

    Muchas gracias.

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