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¿Se debería revisar la Ley de Prevención de Riesgos Laborales?

ley de prevencion de riesgos laborales

El día 10 de noviembre de 1995, se publicó en el B.O.E. núm. 269 la LEY 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), entrando en vigor a los tres meses de su publicación.

Esta Ley de Prevención fue el resultado de la transposición al ámbito nacional de la Directiva 89/391/CEE, relativa a la aplicación de las medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo, la cual contiene el marco jurídico general en el que opera la política de prevención comunitaria.

La actual Ley es también transposición de las Directivas 92/85/CEE, 94/33/CEE y 91/383/CEE relativas a la protección de la maternidad y de los jóvenes y al tratamiento de las relaciones de trabajo temporal, de duración determinada y en empresas de trabajo temporal.

Revisiones de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

La Ley de Prevención (PRL) ha sufrido revisiones en profundidad pero si se han aprobado leyes y reales decretos que han introducido modificaciones cada una de las cuales afecta a uno o varios artículos de la Ley, algunas de ellas son:

  • Ley 50/1998, sobre Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, en su artículo 36 modifica los artículos 45 a 49 de la Ley sobre infracciones, su tipificación y sanción.
  • Ley 39/1999, con el fin de promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras. Esta Ley en su art. 10 modifica el art. 26 de la LPRL sobre protección de la maternidad.
  • RD-Legislativo. 5/2000, sobre infracciones y sanciones en el orden social en este caso no hay modificación pero si derogación de los arts. 42.2, 4 y 5, sobre responsabilidades y su compatibilidad, y los arts. 45-52- que regula las Infracciones, sanciones y responsabilidades en materia de prevención.
  • Ley 54/2003, importante modificación en cuanto a la reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. Con ella se modifican temas como:
    • Colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
    • Trata la importancia de la integración de la actividad preventiva en la empresa.
    • Modifica el título del artículo 16 de manera que pasa denominarse Plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva.
    • Amplia los apartados del artículo 24 relativa a la coordinación de actividades empresariales.
    • Introduce y da gran importancia a la figura del recurso preventivo.
  • Ley 31/2006, sobre implicación de los trabajadores en las sociedades anónimas y cooperativas europeas.
  • Ley Orgánica 3/2007, también en esta ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres se introduce modificaciones a la LPRL.
  • Ley 25/2009, modificación de diversas leyes, entre ellas la Ley de prevención, para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
  • Ley 14/2013, apoyo a los emprendedores y su internacionalización, donde se modifica el artículo 30.5 de la LPRL, ampliando la posibilidad de que sea el propio empresario quien asuma directamente la prevención en empresas de hasta 25 trabajadores siempre que tenga un único centro de trabajo. Hasta esta reforma, esta posibilidad solo podía darse en empresas de hasta 10 trabajadores.
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Como vemos, a lo largo de sus algo más de 21 años de vida, nuestra Ley de prevención ha sufrido modificaciones relevantes que han ido adaptándola a cada momento y han hecho que evolucionen con los tiempos.

¿Es importante llevar a cabo una revisión de la LPRL?

Cada cual es libre de pensar lo que considere oportuno, desde mi punto de vista la Ley que nació en 1995 era y es una Ley bastante completa cuyas lagunas han sido solventadas, hasta el momento, con estas modificaciones.

Debemos recordar que además de la Ley de prevención contamos con el Reglamento de los servicios de prevención aprobado por RD 39/1997 y sus modificaciones, además de los reales decretos que emanaron de estas dos normativas:

  • RD 485/1997, relativa a señalización de seguridad en los centros de trabajo,
  • RD 486/1997, sobre condiciones de seguridad en los lugares de trabajo,
  • RD 487/1997, sobre manipulación manual de cargas,
  • RD 488/1997, sobre trabajos con pantalla de visualización de datos,
  • RD 1215/1997, relativo a la seguridad en máquinas,
  • RD 1627/1997, sobre condiciones de seguridad y salud en obras de construcción,
  • etcétera.

Este “etc” es largo, por lo todos podemos tener la certeza de que nuestros legisladores se han preocupado por mantener intacta la seguridad y salud de los trabajadores.

Podría haber alguna modificación más que concrete algunos puntos, por supuesto, pero  tenemos una Ley de prevención con 20 años de antigüedad cosa que otros muchos países no tienen o están comenzando a ponerla en marcha.

Como decía anteriormente, esta es mi opinión, quizás la tuya sea diferente, por ello te animo a que nos hagas llegar tus comentarios sobre la necesidad de una reforma o revisión de la LPRL.

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Licenciada en farmacia, Técnico superior en prevención de riesgos laborales (3 especialidades), Tutora de cursos ohsas y auditoria de sistema de gestión de la prevención, Experta en obras y Tutora curso de coordinador de seguridad y salud Formadora en PRL en IMF Business School.

2 Respuestas

  • Muchas gracias, muy importante el documento, fortalece conocimientos en el area se prevencion de riesgos

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¿Se deberia revisar la Ley de Prevención de Riesgos Laborales?

Alo largo de sus algo más de 21 años de vida, nuestra Ley de Prevención de Riesgos Laborales ha sufrido modificaciones relevantes.