Inicio » Búsqueda de empleo » Falso autónomo o TRADE: el caso Deliveroo

Falso autónomo o TRADE: el caso Deliveroo

Desde hace un tiempo se viene hablando mucho en España de la figura de los falsos autónomos. El papel de la Inspección de Trabajo es esencial para controlar este tipo de actuaciones fraudulentas y por eso vamos a hablar en esta entrada de lo que son los falsos autónomos, de la figura de los TRADE, de la diferencia entre unos y otros y de una sentencia reciente que condena por este tema a la empresa Deliveroo.

Falso autónomo

Un falso autónomo es una persona que a pesar de trabajar mediante  una relación de dependencia para la empresa, tal y como lo vendría haciendo un trabajador por cuenta ajena bajo un contrato laboral corriente, es obligado a darse de alta en el régimen de autónomos. Siendo un falso autónomo trabajas lo mismo que si lo haces por cuenta ajena pero no disfrutas de ningún derecho asociado a convenios, ni vacaciones, ni días de asuntos propios, ni seguridad social.

El Instituto Nacional de Estadística, a través de la Encuesta de Población Activa, estimó hace unos años que hasta 150.000 personas podrían estar en esa situación.

Mientras que el falso autónomo se encuentra en una situación ilegal, la figura del TRADE está regulada por ley. Publicamos de hecho hace un tiempo en este mismo blog una entrada titulada: «Trabajador autónomo económicamente dependiente. TRADE» en la que decíamos que la LETA establece en su artículo 11.1 que los TRADE son: “aquellos que realizan una actividad económica o profesional a título lucrativo y de forma habitual, personal y directa y predominante para una persona física o jurídica, denominada cliente, del que dependen económicamente por percibir de él, al menos, el 75% de sus ingresos por rendimientos de trabajo y de actividades económicas o profesionales”.

TRADE

No es lo mismo por lo tanto, un falso autónomo que un TRADE. El trabajador autónomo económicamente dependiente es como hemos dicho aquel que realiza su actividad económica o profesional para una empresa o cliente del que percibe, como mínimo, el 75% del total de sus ingresos. Además, otra de las condiciones para constituirse como TRADE es no disponer de trabajadores contratados por cuenta ajena.

LEE  Ventajas e inconvenientes de trabajar en casa

Los TRADE tienen una serie de ventajas como por ejemplo:

  • Tienen derecho a vacaciones: El trabajador TRADE cuenta con un descanso de 18 días hábiles por año.
  • Derecho al permiso de maternidad o paternidad sin tener que contar con los 180 días mínimos de periodo de cotización.
  • Indemnización: Si el cliente incumple de forma injustificada alguna de las condiciones del contrato el perjudicado tendrá derecho a indemnización.
  • Prestación por desempleo: Los trabajadores autónomos dependientes afiliados al RETA que tengan cubierto el periodo mínimo de cotización por cese de actividad (realizado en los 48 meses anteriores al cese y de forma continuada en los 12 meses anteriores al cese de actividad) serán beneficiarios de la prestación por desempleo.

Sentencia caso Deliveroo

El día 4 de Junio hemos podido ver la primera sentencia judicial en España que cuestiona el modelo laboral de Deliveroo. La magistrada del Juzgado de lo Social número 6 de Valencia considera que el denunciante debería haber sido un trabajador laboral de la multinacional y condena a la compañía por despido improcedente a readmitir al trabajador o a indemnizarle con 705,13 euros.

La sentencia se basa en que existía una relación laboral entre la empresa y el trabajador ya que como señala el fallo la empresa decidía la zona en la que el trabajador debía desempeñar sus funciones y en qué horario, además la empresa tenía en todo momento geolocalizado al trabajador, al que podía pedir explicaciones en cualquier momento, y el trabajador carecía de libertad, dentro de su horario, para rechazar pedidos.

La sentencia recuerda que para que un servicio sea considerado laboral debe ser prestado «dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona que los retribuye» y ello no implica necesariamente que el trabajador «esté sometido a jornada laboral predeterminada, ni a horario fijo, ni a exclusividad en su tarea».

LEE  La política de recursos humanos de El Corte Inglés

Para que sepamos si somos falsos autónomos o no, el Tribunal Supremo estableció unos criterios básicos que, en caso de cumplirse, demuestran la relación de dependencia entre el trabajador y el empresario. Voluntariedad, dependencia (el trabajador está supeditado a la organización), ajenidad de medios, y retribución (el salario lo define la empresa y no tu). Como decíamos al principio, para acabar con el tema de los falsos autónomos será fundamental la labor de la Inspección de trabajo.

Formación Relacionada

Las dos pestañas siguientes cambian el contenido a continuación.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

¡Noticias, eventos y formación!

Suscríbete ahora y recibe los mejores contenidos sobre Negocios, Prevención, Marketing, Energías Renovables, Tecnología, Logística y Recursos Humanos.

Acepto recibir comunicaciones comerciales por parte del grupo IMF
He leído y acepto las condiciones


Falso autónomo o TRADE: el caso Deliveroo