Las prestaciones de paternidad tampoco tributarán por IRPF

La Sentencia del pasado 5 de octubre del Tribunal Supremo , como ya vimos en un anterior post: «La prestación por maternidad exenta de tributar«, ha acabado con la polémica sobre si las prestaciones de maternidad debían tributar. El Tribunal Supremo aclaró la situación y estableció que las prestaciones quedaban exentas del pago. Pero el texto legal se refería tan sólo a las prestaciones por maternidad, con lo que había quedado la duda de si Hacienda incluiría también las prestaciones de paternidad o se ceñiría exactamente a las palabras de la normativa, que solo se referían a la maternidad.

Las prestaciones de paternidad tampoco tributarán por IRPF

Pues bien, la Ministra de Hacienda ya lo ha aclarado y ha establecido que todos aquellos que se han cogido un permiso por paternidad desde 2014 también podrán reclamar la devolución de lo que tributaron por IRPF durante sus semanas de baja.

Las cuantías que tendrán que devolver por las retenciones del permiso de paternidad serán inferiores a las de maternidad, ya que el permiso de paternidad era sólo de 13 días hasta el 2017 que pasaron a 4 semanas y este verano se amplió a 5 semanas.

Los padres que incluyeron la prestación por paternidad en sus declaraciones de IRPF de los ejercicios del 2014 hasta el 2017 pueden solicitar la devolución, en los ejercicios anteriores no es posible por cuanto que han prescrito al pasar más de 4 años, en la Agencia Tributaria se pueden realizar revisiones de las declaraciones de la renta de los últimos cuatro ejercicios.

La Agencia Tributaria lleva semanas afirmando que está trabajando en cerrar un procedimiento unificado que puedan realizar todos los afectados de las declaraciones del 2014, 2015, 2016 y 2017 en la web,  contemplan la vía telemática para solicitar la devolución, sin tener que aportar ­justificantes sobre las prestaciones de la Seguridad Social, pero todavía no se ha terminado de establecer el sistema, la semana pasada el director de la Agencia Tributaria, Jesús Gascón, aseguró que ya contaban con los datos necesarios de la Seguridad Social. Esperemos que en breve se facilite un sistema rápido y eficaz para la devolución del IRPF indebido en las prestaciones tanto de maternidad como de paternidad.  Estaremos atentos para contároslo en este blog.

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Tutora y docente de postgrado de Recursos Humanos en IMF Business School. Licenciada en Ciencias Políticas y Sociología en la especialidad en sociolaborales. Actualmente dirige su propia consultoría de gestión y aprendizaje en Recursos Humanos y Laboral.

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