Novedades legislativas en el trabajo y Seguridad Social

Normativa laboralDurante este último mes de octubre se han aprobado por el Gobierno varios textos legales sobre normativa laboral, de especial importancia para los profesionales de los departamentos de recursos humanos y de las relaciones laborales,  a saber:

Texto refundido de la Ley del estatuto de los trabajadores

Aprobado por el  Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre.

Este nuevo texto era necesario puesto que el texto actualmente vigente de 1995 ha sido modificado en más de 50 ocasiones. Era necesario integrar las diversas normas legales que han ido modificando el Estatuto, como la Reforma Laboral de 2012, El Real Decreto-Ley 11/2013 o el Real Decreto-Ley 16/2013 que reformó el contrato a tiempo parcial.

No se han producido novedades sustantivas en la materia pero aclara y reordena varios artículos, moderniza el lenguaje y se prescinde de regulaciones innecesarias como por ejemplo todas las menciones relativas a la prestación del servicio militar. Se realiza una  adaptación a la articulación al sistema de clasificación profesional mediante grupos profesionales.

Con esta nueva Ley  del Estatuto de los Trabajadores se pretende evitar la dispersión de la normativa y por lo tanto reforzar la seguridad jurídica. Entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE, el día 13 de noviembre.

Texto refundido de la Ley de empleo

Aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015 de 23 de octubre.

LEE  ENMIENDAS A LA REFORMA LABORAL

Este texto refundido, al igual que el del Estatuto, tampoco supone cambios  sustantivos pero era necesario puesto que la anterior Ley 56/2003 ha experimentado numerosos cambios  que eran necesarios sistematizar y reunificar.

En esta norma se tiene en cuenta la Reforma Laboral en materia de políticas activas, en el sentido de realizarse una evaluación continuada de las mismas para dotar de mayor transparencia al sistema y tiene en cuenta la nueva terminología desapareciendo la referencia a “la formación ocupacional y continua” y sustituyendo la misma por el término más amplio de “formación profesional para el empleo en el ámbito laboral”.

Como el Estatuto, entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE, el día 13 de noviembre.

Texto refundido de la Ley General de la seguridad social

Aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015 .

Este nuevo texto reunifica más de cien modificaciones normativas que se han aprobado en los últimos 21 años transcurridos desde la última refundición del texto en 1994.

La novedad más significativa de este nuevo texto refundido es que tiene un contenido más amplio por cuanto que no se limita tan sólo al Régimen General sino que se incorporan también la regulación  de los Regímenes Especiales (salvo el Régimen Especial del Mar) al tiempo que se incorpora también la regulación de los sistemas especiales del Régimen General de los trabajadores por cuenta ajena agrarios y de los  empleados de hogar.

Este texto entrará en vigor el día 2 de enero de 2016.

Ley de presupuestos generales del Estado para 2016

Aprobado por la Ley 48/2015 de 29 de octubre

LEE  ¿Pueden cambiarme el horario de trabajo?

En materia de Seguridad Social podemos destacar las nuevas bases mínimas y máximas de cotización para el año que viene, aumentando el tope máximo de cotización en un 1%, quedando en 3,642.  Además se establece la revalorización de las pensiones públicas para 2016 en un 0,25%..

Por último, hay que señalar que se establece de nuevo la demora un año más (hasta 1 de enero de 2017) la entrada en vigor de la ampliación de la duración del permiso por paternidad a cuatro semanas previsto en la disposición final 2ª de la Ley 9/2009.

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Las dos pestañas siguientes cambian el contenido a continuación.
Tutora y docente de postgrado de Recursos Humanos en IMF Business School. Licenciada en Ciencias Políticas y Sociología en la especialidad en sociolaborales. Actualmente dirige su propia consultoría de gestión y aprendizaje en Recursos Humanos y Laboral.

Una respuesta

  • Hola quisiera saber donde puedo acudir me deven 2,200 $ y no me los quieren paga es una tanda y la señora solo me esta engañando y el otro dia me dijo qe buscara aquien sea qe eya tenia mejores armamentas bueno supongo jente mas sinvergüenza qe eya ese dinero me lo gane enbarazada de mi bebita y lo nececito para pagar los biles del ospital me dio un cheke y el cheke no tiene fondos. Qe puedo aser puede ir con alguien qe me ayude mucha jente dice qe ya lo an tratado de aseer perono lo asen porqe eya los intimida

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