Amazon
  • Noticias
  • Internacional
  • Empresas
  • Eventos
  • Sobre IMF
  • Estudiante-Alumni
  • Sedes

Blog de Recursos Humanos de IMF

logo
blog de recursos humanos de IMF
  • INICIO
  • MASTERS OFICIALES
  • MASTERS PROFESIONALES
  • CURSOS
  • BLOGS
    • Blog de IMF
    • Blog de Prevención de Riesgos
    • Blog de MBA
    • Blog de Recursos Humanos
    • Blog de Marketing
    • Blog de Tecnología
    • Blog de Logística
    • Blog de Energías Renovables
  • CONTACTO
logo
  • INICIO
  • MASTERS OFICIALES
  • MASTERS PROFESIONALES
  • CURSOS
  • BLOGS
    • Blog de IMF
    • Blog de Prevención de Riesgos
    • Blog de MBA
    • Blog de Recursos Humanos
    • Blog de Marketing
    • Blog de Tecnología
    • Blog de Logística
    • Blog de Energías Renovables
  • CONTACTO
mobile-logo
  • INICIO
  • MASTERS OFICIALES
  • MASTERS PROFESIONALES
  • CURSOS
  • BLOGS
    • Blog de IMF
    • Blog de Prevención de Riesgos
    • Blog de MBA
    • Blog de Recursos Humanos
    • Blog de Marketing
    • Blog de Tecnología
    • Blog de Logística
    • Blog de Energías Renovables
  • CONTACTO
Inicio¿Tienes dudas sobre? Los expertos respondenContratosTodo lo que debes saber sobre las horas extraordinarias
Contratos
todo-lo-que-debes-saber-horas-extras Todo lo que debes saber sobre las horas extraordinarias
0 Comentarios
658 Ver
28 de octubre de 2019

Todo lo que debes saber sobre las horas extraordinarias

  • 21shares
  • 16
  • 2
  • 3
  • 21shares
  • 16
  • 2
  • 3

En el primer trimestre de este 2019 se han realizado en España una media de 5,7 millones de horas extraordinarias a la semana. De ellas, más de tres millones fueron pagadas y el resto más de dos millones y medio de horas extraordinarias no fueron retribuidas ni se comunicaron a la Seguridad Social, según datos del Instituto Nacional de Estadística. Esta es, sin duda, una de las cuestiones que más preocupan a los responsables de Recursos Humanos.

horas-extraordinarias Todo lo que debes saber sobre las horas extraordinarias

Proporción de horas “extra” no remuneradas que realizan los españoles

 

Índice de Contenidos

  • El registro de jornada de los trabajadores
  • Qué son las horas extraordinarias
  • Límite máximo de las horas extraordinarias
  • Retribución de las horas extras
  • Cómo reclamar el pago de las horas extraordinarias

El registro de jornada de los trabajadores

Desde mayo de este año, las empresas están obligadas a registrar la jornada de todos sus trabajadores, el Real Decreto-ley de 8/2019 de 8 marzo de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, modifica el art. 34 ET,  instaurando el deber de la empresa de garantizar el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria existente.

Esta obligación del registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin duda, deberá influir para un mayor control de las horas realizadas y a un cómputo de las horas extraordinarias.

Qué son las horas extraordinarias

Tienen la consideración de horas extraordinarias, aquellas horas de trabajo que se realicen sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo, fijada legal o por convenio colectivo

Su realización será voluntaria así lo establece el Estatuto de los trabajadores en su artículo 35.4” La prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntaria“. Este pacto podrá establecerse a través de Convenio Colectivo, contrato individual de trabajo o ser objeto de un acuerdo específico entre empresario y trabajador.

Por lo tanto, en principio, la realización de horas extraordinarias es voluntaria, pero pueden ser exigidas por el empresario:

  • Si existe pacto al respecto
  • Si figura en el convenio colectivo
  • En los casos en los que su realización sea necesaria para prevenir o reparar siniestros, daños extraordinarios o urgentes, en este caso denominadas horas extraordinarias por fuerza mayor.

Además de las horas extraordinarias causadas por fuerza mayor, existen otro tipo de horas extraordinarias las denominadas estructurales que son las necesarias por pedidos imprevistos, períodos punta de producción, ausencias imprevistas, cambios de turno u otras circunstancias de carácter estructural derivadas de la naturaleza de la actividad de que se trate.  Existen convenios colectivos que para incentivar la creación de empleo solo permiten realizar a los trabajadores este tipo de horas.

Límite máximo de las horas extraordinarias

El límite máximo de las horas extraordinarias no puede ser superior a 80 horas al año y dentro de éstas no se computan las que se tuvieron que realizar por razones de fuerza mayor o las que fueron compensadas por periodos de descanso durante los 4 meses siguientes a su realización.

La realización de horas extraordinarias está prohibida a los siguientes grupos de trabajadores:

  • Menores de 18 años.
  • Trabajadores nocturnos (el trabajo es nocturno cuando al menos 3 horas de la jornada diaria o un tercio de la jornada laboral anual, se realiza entre las diez de la noche y las seis de la mañana)
  • En los trabajos que se realizan en el interior de las minas salvo que se presten por casos de fuerza mayor.

El trabajador con un contrato a jornada parcial no puede realizar horas extraordinarias, sino que sólo podrá realizar horas complementarias  siempre que estén pactadas en el contrato de trabajo.

Retribución de las horas extras

Las horas extraordinarias se abonarán económicamente o compensarán con descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización por pacto individual o convenio colectivo según el artículo 35 del Estatuto de los trabajadores.

Por lo tanto, la retribución de las horas extras puede realizarse con dinero o con horas o días libres dentro de los 4 meses siguientes a la realización de esas horas extras.

En ausencia de pacto respecto su pago en efectivo o por tiempo de descanso, según el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 35, las horas extraordinarias realizadas deberán ser compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.

En caso de pago en efectivo su cuantía en ningún caso podrá ser menor al valor de las horas ordinarias. Pero ¿cómo se calcula el valor de la hora ordinaria?

El cálculo del valor de la hora ordinaria de trabajo se hace calculando el salario bruto anual (importe del salario base, los complementos personales y pagas extraordinarias) entre el número de horas efectivas anuales.

Por ejemplo, un trabajador que cobra anualmente 18.000 euros incluido salario base, complementos personales y pagas extraordinarias que realiza una jornada completa de acuerdo con el Convenio de Oficinas y Despachos de Madrid que establece en su artículo 28: “se acuerda una jornada máxima anual efectiva de 1.765 horas”.  El valor de la hora ordinaria será:

Salario anual / número de horas anuales del convenio.

18.000 € / 1.765 horas = 10,20 € hora ordinaria.

Partiendo de la base del precio de la hora ordinaria se podrá calcular la hora extraordinaria, cuyo importe estará en función del convenio de aplicación, ya que el precio de la hora extraordinaria nunca puede ser inferior al precio de la hora ordinaria. Este trabajador no podría cobrar menos de 10,20 € por hora extraordinaria.

Hay convenios que recogen la posibilidad de incrementar el valor de la hora (aun cuando se refiera también a la compensación en descanso) estos incrementos oscilan entre un 25% en un 150 % sobre el valor de la hora ordinaria. Por ejemplo el convenio del sector del comercio metal de Madrid establece en su artículo 10 que “el valor de las horas extraordinarias se calculará sobre el salario hora individual y tendrán un recargo del 75%, y del 150%  las realizadas en domingos o festivos.”

Cómo reclamar el pago de las horas extraordinarias

Al ser una reclamación de cuantía salarial el plazo para reclamar será de un año desde que pudieron reclamarse. Las horas pueden reclamarse tanto si se está trabajando como si ya no se está en esa empresa.

Primeramente, habría que realizar una reclamación por escrito a la empresa, para que se abonen la cuantía de horas extraordinarias en la nómina o en su caso en el finiquito. Si después de hacer la reclamación por escrito la empresa no contesta o no está conforme habrá que reclamar o demandar judicialmente.

Para su reclamación, hay que rellenar primeramente la papeleta de conciliación además de contener la información general debe indicar el número de horas extraordinarias realizadas y su valoración económica según lo indicado en el convenio colectivo. Por lo que deberá figurar número de horas extraordinarias y cuantía reclamada a la empresa.

Si no se llega a un acuerdo en el acto de conciliación habría que presentar demanda concretando las horas extraordinarias realizadas, actualmente es más sencillo probar la realización de las horas extraordinarias como consecuencia de la obligación, citada al inicio del artículo, que tiene la empresa del registro diario de jornada.

Enlace de Interés:

  • Qué son las horas complementarias

Registro de jornada laboral: las preguntas más comunes

  • 21shares
  • 16
  • 2
  • 3
Las dos pestañas siguientes cambian el contenido a continuación.
  • Acerca de
  • Últimas entradas
IMF_tutor_rrhh_mmartinez.png-150x150 Todo lo que debes saber sobre las horas extraordinarias
twitter Todo lo que debes saber sobre las horas extraordinarias

Marta Martínez

Tutora y docente de postgrado de Recursos Humanos en IMF Business School. Licenciada en Ciencias Políticas y Sociología en la especialidad en sociolaborales. Actualmente dirige su propia consultoría de gestión y aprendizaje en Recursos Humanos y Laboral.
IMF_tutor_rrhh_mmartinez.png-150x150 Todo lo que debes saber sobre las horas extraordinarias
twitter Todo lo que debes saber sobre las horas extraordinarias

Últimos posts de Marta Martínez (ver todo)

  • Todo lo que debes saber sobre las horas extraordinarias - 28 de octubre de 2019
  • Conciliación laboral: cómo solicitar la adaptación de la jornada - 25 de septiembre de 2019
  • Jornada intensiva: ¿están obligadas las empresas? - 25 de julio de 2019
Formación Relacionada

Master Universitario Oficial en Dirección de Recursos Humanos UCJC

Master Acceso Abogacía y Práctica Jurídica - Nebrija

Grado en Derecho online IMF UCJC

Tags
gestión de personasmaster en recursos humanos full timeRecursos Humanosrrhh
Artículo anterior
Organizaciones y personas, ¿cómo conectar y entend...
Siguiente artículo
Perfil estratégico, el valor añadido para Recursos...
Artículos relacionados
seleccion-personal-rrhh-800x600 Proceso de selección: el papel del candidato y del reclutador

Proceso de selección: el papel del candidato y del reclutador

El-impacto-de-no-gestionar-tu-Employer-Branding-800x600 El impacto de no gestionar tu Employer Branding

El impacto de no gestionar tu Employer Branding

RRHH-agile-800x600 Recursos Humanos Agile, cómo aplicarlo en tu empresa

Recursos Humanos Agile, cómo aplicarlo en tu empresa

Sin comentarios

Deja un comentario Cancelar Respuesta

Infórmate

  • Máster en Dirección y Gestión de Recursos Humanos ►
  • Máster en Dirección y Gestión de Recursos Humanos Presencial Madrid ►
  • Máster Universitario Oficial en Dirección de Recursos Humanos ►
  • Máster Oficial en Recursos Humanos: Organización, Planificación y Gestión del Talento►
  • Máster MBA en Dirección de RR.HH. ►
  • Máster Universitario Oficial en Prevención de Riesgos Laborales - PRL ►
  • Máster Universitario Oficial en Acceso a la Profesión de Abogado ►
Master Oficial de Recursos Humanos y Gestión del Talento
Masterclass IMF Business School, aportando valor
Temas del blog de RRHH
Recursos Humanos, Gestión de recursos humanos, empleo, rrhh, encontrar un empleo, gestión del talento, gestión de personas, trabajo, normativa, buscar empleo, máster recursos humanos, Competencias, talento, selección de personal, liderazgo, dirección de gestión de recursos humanos, Formación, ofertas de empleo, relaciones laborales, proceso de selección, comunicación, Planificación y Gestión de Recursos Humanos, Capital humano, employer branding
Glosario
Enlaces de interés
Facebook Pagelike Widget
Los más valorados
  • 10 errores que debes evitar en la cena de Navidad de tu empresa 26 votos, promedio: 5,00 de 526 votos, promedio: 5,00 de 526 votos, promedio: 5,00 de 526 votos, promedio: 5,00 de 526 votos, promedio: 5,00 de 5 (5,00 de 5)
  • 6 cosas que no debes decir en una entrevista de trabajo 9 votos, promedio: 5,00 de 59 votos, promedio: 5,00 de 59 votos, promedio: 5,00 de 59 votos, promedio: 5,00 de 59 votos, promedio: 5,00 de 5 (5,00 de 5)
  • Cuál es mi convenio colectivo 8 votos, promedio: 5,00 de 58 votos, promedio: 5,00 de 58 votos, promedio: 5,00 de 58 votos, promedio: 5,00 de 58 votos, promedio: 5,00 de 5 (5,00 de 5)
  • ¿Qué es y para qué sirve la Pirámide de Maslow? 7 votos, promedio: 5,00 de 57 votos, promedio: 5,00 de 57 votos, promedio: 5,00 de 57 votos, promedio: 5,00 de 57 votos, promedio: 5,00 de 5 (5,00 de 5)
Bienvenidos al Blog de RRHH de IMF
Blog de Recursos Humanos IMF

En el Blog de Recursos Humanos encontrarás el mejor contenido de actualidad sobre el sector de Recursos Humanos, las nuevas aptitudes del líder, Management 2.0, Coaching y mucho más!
1 estrella2 estrellas3 estrellas4 estrellas5 estrellas (3 votos, promedio: 5,00 de 5)
Cargando…

Noticias, eventos y formación

Suscríbete ahora y recibe los mejores contenidos sobre Negocios, Prevención, Marketing, Energías Renovables, Tecnología, Logística y Recursos Humanos.

Suscribirme

Acepto recibir comunicaciones comerciales por parte del grupo IMF
He leído y acepto las condiciones

IMF Internacional

IMF INTERNATIONAL BUSINESS SCHOOL, S.L., B83074146. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid. Tomo 16.386, Libro 0, Folio 32, Sección 8, Hoja M 287.738, Inscripción 1º

C/ Bernardino Obregón 25, 28012 Madrid, España

Tel: 913 64 51 57 | Fax: 91 366 40 48 |

 

IMF España

IMF Madrid (Central): 91 364 51 57

IMF Andalucía: 95 453 54 47

IMF Levante: 96 045 11 82

CEP Madrid: 91 517 89 25

Llamada Gratuita

900 318 111
IMF Internacional

IMF Internacional

IMF Portugal: (+351) 217 960 356

IMF Colombia: (+34) 91 364 51 57

IMF Ecuador: (+593) 298 56 60
/ (+593) 298 56 59 / (+593) 298 56 58

Visita nuestra web ▸

 

Áreas formativas
  • MBA, Empresariales y Económicas
  • RRHH, Ciencias Sociales y Jurídicas
  • Ingeniería y Tecnología
  • Marketing y Comercial
  • Salud y Educación
  • Prevención, Calidad y Medio Ambiente

Condiciones | Política de Privacidad

Copyright © 2019 IMF BUSINESS SCHOOL marca registrada. Todos los derechos reservados.

Política de Cookies | Política de Cancelación/Devolución

Todo lo que debes saber sobre las horas extraordinarias

En el primer trimestre de este año se han realizado en España una media de 5,7 millones de horas extraordinarias a la semana.
  • 21shares
  • 16
  • 2
  • 3
Este sitio emplea cookies para mejorar la experiencia de usuario, entendemos que navegando por el sitio está de acuerdo con su uso. [Aceptar] [Saber más]
Privacidad & Política Cookies

Necesarias Siempre activado