Las 7 dudas más frecuentes sobre las vacaciones

Las vacaciones es uno de los derechos  laborales que suscitan más polémica entre  trabajadores y empresarios, los interrogantes más habituales son:

¿Cuánto tiempo duran las vacaciones en el trabajo?

La duración de las vacaciones se establece normalmente en el convenio colectivo o mediante pacto, sin que en ningún caso este tiempo pueda ser inferior a 30 días naturales anuales (en su cómputo se incluyen los domingos y festivos).

Estos 30 días naturales resultan un mínimo legal que no puede ser discutido por Convenios Colectivos ni por contratos individuales, sino que únicamente puede ser mejorado por ellos. No obstante, actualmente muchos Convenios Colectivos optan por establecer las vacaciones en días laborables; de forma que 30 días naturales equivalen a 22 laborables.

¿Cómo se computan en días naturales y laborables?

Para su cómputo hay que dejar claro,  que tanto si es por días naturales o laborables: las vacaciones no pueden empezar un día inhábil, es decir, si trabajas de lunes a viernes y si terminas de trabajar un viernes para irte de vacaciones, éstas empiezan a contar desde el lunes y no desde el sábado, aunque sean días naturales. Si se regulan en días laborables, no contarán los días festivos y de descanso que haya en el periodo vacacional.

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Si tengo contrato a tiempo parcial ¿Cuál es la duración?

El trabajador a tiempo parcial tiene derecho a los mismos días de vacaciones que los trabajadores a tiempo completo. Es indiferente el tipo de jornada que se establezca  en el contrato. La diferencia es que el trabajador a tiempo parcial recibirá durante las vacaciones el salario correspondiente a esta jornada parcial, evidentemente,  inferior al salario del trabajador a tiempo completo.

¿Quién elige la fecha de disfrute de vacaciones?

Según el Art. 38 del Estatuto de los Trabajadores, los períodos de disfrute deben fijarse de común acuerdo entre la empresa y el trabajador, y para ello se tendrá en cuenta lo establecido en los convenios colectivos sobre la planificación anual de las vacaciones.

La concreción de las fechas de disfrute para cada uno de los trabajadores, se realiza mediante la elaboración de un calendario laboral anual de vacaciones, de modo que todos los trabajadores conozcan en qué fechas disfrutarán sus vacaciones.

La fecha de disfrute debe conocerse, como mínimo, con dos meses de antelación al comienzo del disfrute, salvo que el convenio colectivo establezca un plazo superior, que será el que habrá que aplicar entonces.

Y si a pesar de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores o en el convenio colectivo, no se alcanza un acuerdo entre la empresa y los trabajadores, éstos podrán acudir al Juzgado de lo Social, a través de un proceso especial y urgente específico para ello, para que éste resuelva y fije el periodo de disfrute, contra la decisión del Juzgado en materia de vacaciones no cabe recurso alguno.

Recordar que se tienen que disfrutar, salvo que el Convenio Colectivo diga lo contrario, dentro del año en el que se generen, y si no se han disfrutado en ese año natural pueden perderse.

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¿Cobro el total de las retribuciones?

Primeramente hay que ver el convenio, si el convenio no establece nada existe una doctrina general  que establece que la retribución en vacaciones  debe comprender todos los conceptos salariales ordinarios en su promedio. Pero existen excepciones como aquellos conceptos  salariales extraordinarios consecuencia del exceso o prolongación de jornada (horas extraordinarias) o dependientes de una mayor cantidad o calidad de trabajo (primas, incentivos, etc.) ni, naturalmente, los conceptos extrasalariales  (dietas, plus de transporte) aunque nada impide que estos conceptos, en todo o en parte, se incluyan en virtud de pacto o convenio.

En un artículo anterior: «En vacaciones se deben pagar las comisiones» traté de la importante Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 22 de mayo de 2014, que declara que aquellos trabajadores cuyo salario consiste en salario base y comisiones en función de las ventas conseguidas tienen derecho a que su remuneración durante el período vacacional incluya ambos conceptos.

¿Puedo trabajar en otra empresa durante las vacaciones?

No existe norma legal en nuestro ordenamiento jurídico que lo prohíba. La Sentencia del Tribunal constitucional 192/2003, de 27 de octubre, que resolvió el despido de trabajador que durante su periodo de vacaciones retribuidas prestó servicios a otra empresa, estableció que el trabajador durante sus vacaciones tiene derecho a disponer de su tiempo libremente.

Sin embargo el empleado no podrá trabajar en la misma empresa durante el período de sus vacaciones, puesto que es un derecho irrenunciable, todo pacto en este sentido se entenderá nula.

 Si durante las vacaciones estoy enfermo ¿se interrumpe el cómputo de las vacaciones?

El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores lo deja claro en el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado. El Tribunal Supremo,  también se ha pronunciado sobre este tema y da un paso más en esta dirección, concretando que si durante el periodo de vacaciones anuales retribuidas el trabajador cae enfermo, tendrá derecho a disfrutar en un momento posterior los días de descanso que aún no haya agotado.

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Tutora y docente de postgrado de Recursos Humanos en IMF Business School. Licenciada en Ciencias Políticas y Sociología en la especialidad en sociolaborales. Actualmente dirige su propia consultoría de gestión y aprendizaje en Recursos Humanos y Laboral.

126 Respuestas

  • En el caso de empleado público, concretamente personal estatutario sanitario, no se pueden unir P6 a las vacaciones, ¿pero si hay un sábado y domingo entre el úlitmo P6 y el primer día de vacaciones se podría?

  • Hola, buenos días.
    Mi contrato de trabajo es de fijo-discontinuo, media jornada de 4’30h, de lunes a viernes 90h en 20 días.
    Si pido vacaciones de un lunes a un viernes incluido me contarán 7 días con sábado y domingo, o no deberían?
    Gracias. Un saludo.

  • Hola, trabajo a turno y este año termino trabajando y al día siguiente ya me empiezan a contar los 30 días naturales y después de estos entro trabajando , saben que articulo se recoge que tengo el derecho de salir de trabajar librar mis días correspondientes y luego contar los 30 días naturales. gracias

  • HOLA BUENAS TARDES, HACE 2 AÑOS QUE NO COINCIDEN MIS VACACIONES CON MI MARIDO POR ENDE NO PODEMOS IRNOS DE VACACIONES TENGO 2 NIÑOS DE 6 Y 4 AÑOS QUE POR ESTE MOTIVO NO PUEDEN IRSE DE VACACIONES TAMPOCO!TRABAJAMOS EN DISTINTAS EMPRESAS HAY ALGO QUE ME AVALE PÁRA SALIR JUNTOS!

  • Buenos Dias: Presto servicios en una empresa de salud laboral hace 8 años, trabajo sabados domingos y feriados. Que dia de la semana comienzan mis vacaciones? ( de lunes a viernes tengo franco) primer dia laboral en semana es sabado.
    Estoy afiliada al sindicato. Es verdad que el sindicado reconoce y abona 1 dia mas de vacaciones por cada periodo de licencia? Espero respuesta. Gracias

  • Mis vacaciones son naturales,y mi empresa cierra dos veces al año,así q eligen siempre ellos,trabajamos d lunes a viernes,y este año quieren empezar vacaciones un vienes para contar sábado y domingo,la cuestión es,puede empezar la vacaciones un viernes? No ha de empezar siempre a partir de un lunes? O como mucho empezar un jueves?,siempre he entendido q cuando un festivo cae en tus vacaciones lo absorbes como vacaciones,en agosto siempre cierran una quincena ,antes o después pero siempre absorbemos el 15 como vacaciones,casualmente este año dicen q no pueden absorber y q nos lo devuelven,en el jueves santo que en Cataluña es laborable,esto es posible? Pq por esa regla d tres el 26 de diciembre q también en vacaciones también me lo deberían ,no?

  • Hola mi esposo trabaja de lunes a viernes lleva 5 años en la empresa, este año en abril lo hicieron el contrato indefinido el quisiera coger 15 días en la segunda quincena de agosto pero le Dan desde el 15 que es festivo al 29 claro si lo deja la empresa además es las único que coge de vacaciones no entiendo mucho de esto pero porque no lpodria pedirlas del 16 a l 31 y comienza el 1 de septiembre gracias

  • Buenos días, trabajo como auxiliar de enfermería en un geriátrico con turno de noche trabajo dos días si dos días no mi duda es que mis vacaciones comienzan en mis libres 12 y 13 eso es posible ?

  • Tengo 3 años en una empresa y me darán mis vacaciones que son 10 días pero empezarán desde el sábado quiero saber como se cuentan las canciones y los descansos si se supone que descanso entre semana por haber trabajado el domingo

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