En los departamentos de Recursos Humanos ya empezamos a pensar en elaborar el calendario laboral para el 2017. Según la normativa laboral, el empresario tiene la obligación de elaborar el calendario laboral anualmente, en los plazos establecidos en los convenios colectivos.
En el proceso de elaboración del calendario, el empresario tiene la obligación de realizar la consulta con los representantes de los trabajadores, debiendo éstos emitir un informe previo sobre el mismo, aunque dicho informe no es vinculante, si se realiza sin esta consulta podría suponer la anulación del calendario con la imposición a la empresa de una sanción por la transgresión de los derechos de información, audiencia y consulta a los representantes de los trabajadores.
En el calendario deben constar:
- Horario u horarios, si hay más de uno.
- Jornada de trabajo
- Distribución de los días de trabajo
- Días considerados festivos.
- Otros días inhábiles
- Descansos
Aunque en relación al horario de trabajo, el Tribunal Supremo, en la Sentencia de 18/09/2000, establece que en la normativa actual no existe mandato alguno que obligue al empresario a incluir los horarios en el calendario laboral. Sin embargo, se considera infracción leve con una sanción entre 60 euros a 625 euros dentro de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, si el empresario no informa al trabajador sobre la duración y distribución de su jornada de trabajo y días de descanso.
Una vez elaborado debe quedar expuesto en un sitio visible y accesible para los trabajadores en cada centro de trabajo.
En el 2017
Este calendario laboral de las empresas debe respetar siempre las fiestas que se establecen en el calendario que se aprueba todos los años por el Ministerio de Trabajo y Empleo. El calendario laboral de 2017 ya es oficial, fue publicado en el BOE, el 8 de octubre de 2016.
Fuente: El confidencial.
Como podréis observar, se establecen ocho días festivos que coincidirán en toda España son los siguientes:
- 1 de enero
- 6 de enero
- 14 de abril
- el 15 de agosto
- 12 de octubre
- 1 de noviembre
- 6 de diciembre
- 8 de diciembre
Festividades propias de las CCAA
- 28 de febrero: Día de Andalucía
- 1 de marzo: Día de las Islas Baleares.
- 24 de abril: Día de Aragón y Día de Castilla y León.
- 2 de mayo: Día de la Comunidad de Madrid.
- 30 de mayo: Día de Canarias.
- 31 de mayo: Día de Castilla-La Mancha
- 9 de junio: Día de la Región de Murcia y de la Rioja.
- 25 de julio: Día Nacional de Galicia.
- 28 de julio: Día de las Instituciones de Cantabria.
- 2 de septiembre: Día de Ceuta.
- 8 de septiembre: Día de Asturias y de Extremadura.
- 11 de septiembre: Fiesta Nacional de Cataluña.
- 9 de octubre: Día de la Comunidad Valenciana.
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El eauipo de Recursos Humanos de una empresa tiene el deber y la obligación de ponerse èn contacto con el empleado en el siguiente caso :
Cuando por Convenio colectivo de empresa tienes un Seguro de Vida Colectivo de Empresa en el cual en la póliza se recoge una indemnización de un capital por Incapacidad Permanente Total y si no es asi de quien depende dicha comunicación
Gracias