El Consejo General del Poder Judicial, ha puesto a disposición de todos los ciudadanos un Formulario para calcular las indemnizaciones en caso de extinción del contrato de trabajo, aunque no tiene carácter vinculante, si es una herramienta orientativa, que sin duda, ayudará a los trabajadores que se encuentre en una situación de despido o de extinción del contrato.
El formulario es muy básico, puesto que basta introducir tres datos:
- La fecha de inicio de la relación laboral
- La fecha de finalización de esa relación
- El salario (diario, mensual o anual).Debe consignarse el salario bruto y si es mensual, prorratear las pagas extraordinarias. Es decir, que si el trabajador percibe 1.200 euros mensuales en 14 pagas, deberá reflejar un salario anual de 16.800 euros (1.200 euros mensuales por 14 pagas) o un salario mensual de 1.400 euros (1.200 euros mensuales por 14 pagas, dividiendo luego el resultado entre 12).
Una vez introducidos los datos, la aplicación calculará la indemnización que corresponda en cada uno de los siguientes supuestos:
- Despido improcedente.
- Extinción del contrato por voluntad del trabajador.
- Extinción por causas objetivas.
- Despido colectivo.
- Movilidad geográfica.
- Modificación sustancial de condiciones de trabajo.
- Contrato de fomento de la contratación indefinida con despido objetivo improcedente.
- Extinción del contrato temporal.
Además, y siempre que la relación laboral se hubiera iniciado antes del 12 de febrero de 2012 –cuando entró en vigor el Real Decreto-ley de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral-, la aplicación calculará la indemnización en dos tramos, correspondientes a los periodos anterior y posterior a esa fecha.
Existen ciertos casos que no calcula las indemnizaciones: Indemnización a cargo del Fondo de Garantía Salarial, indemnizaciones reguladas en las relaciones laborales especiales, indemnizaciones que pudieran corresponder a trabajadores fijos discontinuos y otras situaciones complejas, como contratos de trabajo con jornadas reducidas o indemnizaciones previstas en normativa especial o convencional.
Para entrar en la página del Formulario del Poder Judicial Español, pinchad aquí.
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