En muchas ocasiones me han llegado dudas de alumnos sobre el trabajo que pueden realizar teniendo el título de técnico en prevención de riesgos laborales con alguna o todas las especialidades, esta duda me la plantean personas que están en el paro, que no pertenecen a un servicio de prevención ajeno y que no forman parte de ningún servicio de prevención propio. A todos ellos les gustaría formar su empresa como autónomos y empezar a ejercer una profesión que hoy por hoy sigue siendo muy necesaria.
Con la Ley en la mano esto es imposible pues para poder realizar todas las funciones que define el Reglamento de los servicios de prevención es necesario formar parte de un SPA, un SPP, un SPM o ser trabajador designado por la empresa.
En el siguiente enlace podéis acceder a la Guía de Actuación Inspectora de Control de la Gestión de la Prevenciónde Riesgos Laborales en las Empresas, editada por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, al finalizar su lectura nos deja claro que ejercer como autónomo en el 100% de las funciones es imposible y la única salida es esta situación es convertirnos en asesores para empresas: