La Ley de Prevención de Riesgos Laborales define como “daños derivados del trabajo”: las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.
Según la especialidad de Medicina del Trabajo, las alteraciones de la salud de los trabajadores, es decir las patologías ocasionadas por las condiciones de trabajo, se clasifican en: patologías específicas o inespecíficas, según exista o no una clara relación de causa-efecto entre las condiciones de trabajo y las alteraciones del estado de salud del trabajador.
En la patología laboral específica, en la que existe una relación directa entre el trabajo y las lesiones o alteraciones funcionales del trabajador la constituyen los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.
En la patología laboral inespecífica, en la que existe una influencia o relación con el trabajo la constituyen las enfermedades del trabajo; y las enfermedades relacionadas con el trabajo.
Las enfermedades profesionales reconocidas actualmente en España son las que aparecen en el Anexo 1 del REAL DECRETO 1299/2006.
Enfermedad del trabajo
“Se entiende por enfermedad del trabajo, toda la patología influida por el trabajo pero no determinada por él”.
Entre estas patologías o alteraciones psico-funcionales destacamos: la insatisfacción, la monotonía, la desmotivación, los conflictos y los trastornos psicosociológicos.
Se trata de enfermedades que se agravan con el trabajo, pero en su desarrollo intervienen la idiosincrasia o las condiciones personales del trabajador y las condiciones medio-ambientales no laborales de tal forma que no todos padecen la enfermedad.
Enfermedad relacionada con el trabajo
“Se entiende por enfermedad del trabajo, toda la patología relacionada epidemiológicamente con el trabajo, que no tiene consideración de enfermedad profesional.”
El Sistema de Información Sanitaria en Salud Laboral (SISSL) considera las siguientes enfermedades relacionadas con el trabajo:
- TBC Pulmonar
- Hepatitis A, B, C, D
- Rubéola
- Escabiosis
- Neoplasia maligna de cavidades nasales
- Neoplasia maligna de tráquea, bronquio y pulmón
- Neoplasia maligna de laringe por asbesto
- Alteraciones sanguíneas mayores
- Infertilidad masculina
- Encefalopatía tóxica crónica
- Cataratas
- Alveolitis alérgica extrínseca
- Síndrome de disfunción reactiva de vías aéreas
- E.P.O.C.
¿Cuando y quien revisa el cuadro de enfermedades profesionales? lo digo pues en concreto las enfermdades profesionales de los condutores de camiones y autobuses estan bastantes obsoletas
Me gustria me informasen sobre este asunto
Mucahs gracias por su atencion
Rafael Buera
Hola Rafael,
el último informe publicado por la Seguridad Social es del 2013. En el siguiente enlace puedes encontrar más información: http://goo.gl/l7NJhI.
También te puede interesar este artículo de la Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo sobre “La salud y la seguridad en el trabajo de los conductores del sector del transporte en carretera”: http://goo.gl/sDdrhq
Esperamos te sirvan de ayuda.
Un saludo,
Equipo IMF
el cuadro de enfermedades profesionales que está en vigor sigue siendo el aprobado por RD 1299/2006, por lo que no es de extrañar que tenga algunas obsoletas y no recoja otras que deberían estar presentes.
En 2010 la OIT, publicó su revisión del cuadro de enfermedades profesionales y los criterios que llevan a tal revisión: http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/@ed_protect/@protrav/@safework/documents/meetingdocument/wcms_116913.pdf
También hay que entender que el cuadro no habla de enfermedades concretas sino de agentes causantes, por lo que existe un gran abanico para declarar algunas enfermedades laborales como enfermedades profesionales.
¿Cual serian las similitudes entre patologías especificas e inespecificas¿. ¿y cuales serian la diferencia?