La prevención de riesgos laborales es una disciplina destinada a reducir, en la medida de lo posible, los accidentes en el ámbito laboral. Esto exige el análisis, estudio y observación detallados del comportamiento de los trabajadores y de las situaciones a las que quedan expuestos. Pues bien, diversos estudios han demostrado que el comportamiento de hombres y mujeres en el puesto de trabajo es diferente, lo cual conlleva, necesariamente, una forma distinta de prevenir sus potenciales riesgos.
En todo caso, lo que sí es evidente es que en este ámbito se necesitan profesionales que sepan dar respuesta a las nuevas tendencias, situaciones y circunstancias laborales. Y tal profesionalidad, por supuesto, tan solo se alcanza a través de estudios específicos como el máster en prevención de IMF. En todo caso, nosotros daremos aquí alguna información genérica de gran interés al respecto. ¡Vamos allá!
¿De qué forma el género afecta al comportamiento laboral?
El género es una condición definitoria de la personalidad y del comportamiento, al menos en parte. Esto quiere decir que, si no se tiene en cuenta a la hora de establecer normativas y regulaciones, puede darse lugar a desigualdades graves. Es decir, si tan solo se diseñan actividades preventivas destinadas a los hombres, las mujeres podrían quedar desprotegidas. He aquí la importancia de la perspectiva de género en el sector de la PRL.
Fundamentalmente, el comportamiento laboral de las mujeres se caracteriza, frente al de los hombres, por:
- Mayor temporalidad.
- Mayor presencia de tareas feminizadas.
- Menor cualificación.
- Suelo de barro.
- Mayor grado de repetitividad.
- Peores condiciones para la prevención.
- Presencia del doble rol con jornada interminable.
- Mayor monotonía.
- Techo de cristal.
Como es evidente, todos estos factores marcan de manera definitiva los peligros laborales a los que las mujeres se encuentran expuestas. Ellas sufren enfermedades, accidentes y padecimientos derivados del trabajo que no son iguales que los de los hombres. He aquí el peligro, por lo tanto, de aprobar leyes desde un punto de vista exclusivamente masculino.
Algunos datos que demuestran la necesidad de actividades preventivas diferentes
No hay mejor manera de dar sustento a lo que hemos afirmado en el apartado anterior que exponiendo aquí un conjunto de datos objetivos que lo demuestren. De esta manera, lo cierto es que entre 2010 y 2015 ha habido un incremento sustancial de las enfermedades profesionales femeninas. El número de bajas es superior en términos absolutos en las mujeres que en los hombres, y esto incluso cuando existe un menor número de mujeres trabajadoras remuneradas.
Hay diversos factores psicosociales, ergonómicos e higiénicos que justifican esa realidad. La VII Encuesta Nacional de Condiciones de Trabajo demostró que hay un enorme impacto de las diferencias de género en las enfermedades laborales. Así, el porcentaje de mujeres que señala alguna clase de molestia musculo-esquelética es del 81 %, frente al 74 % del total de hombres trabajadores.
En lo que refiere a los dolores de nuca y cuello, el 41 % de las trabajadoras refieren haberlo sufrido, pero tan solo el 28 % de los hombres. En la zona de la espalda, el 31 % de las mujeres está afectado a consecuencia de su trabajo, pero únicamente un 23 % de los hombres.
Esto, entre otras cosas, se debe a los factores que te hemos señalado en el apartado anterior. Hemos referido, por ejemplo, al hecho de que más mujeres que hombres tienen trabajos repetidos y monótonos, lo cual suele incrementar en un 59 % las posibilidades de sufrir dolores corporales, especialmente si se adoptan posturas dolorosas y fatigantes (el porcentaje aumenta hasta el 90 %).
La normativa en prevención de riesgos laborales en aspectos de género
La normativa que de una u otra manera incluye la perspectiva de género en el ámbito de la PRL es la siguiente:
- Ley 31/95 de prevención de riesgos laborales, Real Decreto 295/2009, de 6 de marzo, prestaciones por maternidad y riesgo durante el embarazo y la lactancia.
- INSHT directrices para la evaluación de riesgos y protección de la maternidad en el embarazo y la disposición derogatoria única.
- Ley Orgánica 03/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Estas leyes, sumadas a la legislación de desarrollo -Estrategia Comunitaria de Salud y Seguridad (2014-2020) y Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo (2015-2020)- imponen la necesidad de que se promuevan actividades preventivas que incluyan un enfoque de género.
Se entiende que únicamente así podrán detectarse las particularidades que garanticen una auténtica proyección y que impulsen la integración de aspectos de género, particularmente en aquellos sectores con una mayor presencia femenina. A esto se le suma, por cierto, un punto no comentado todavía, que es la existencia de acoso sexual y violencia física en el ámbito laboral, que, estadísticamente, afecta con mayor frecuencia a las mujeres que a los hombres, lo cual deriva en relaciones problemáticas con el puesto de trabajo.
La relevancia de los estudios específicos en este ámbito
Todo lo dicho hasta este punto indica que ya existe cierta conciencia acerca de la necesidad legislativa y empresarial de promover actividades preventivas que incluyan una perspectiva que atienda a las diferencias evidentes entre hombres y mujeres en el ámbito laboral. Al fin y al cabo, ellas y ellos escogen trabajos distintos, los desempeñan de manera diferente y quedan sometidos a circunstancias que no son iguales.
La mejor manera de afrontar esta realidad debidamente para darle la cobertura adecuada es mediante el estudio, conocimiento y formación de profesionales. Si a ti te interesa, existen estudios específicamente destinados a adquirir conocimientos en este ámbito.
En conclusión, ya has podido ver de qué modo la prevención de riesgos laborales ha de incluir una perspectiva de género que dé cobertura a los diferentes peligros a los que quedan expuestos hombres y mujeres en sus empleos. Esto, evidentemente, tan solo se puede alcanzar a través del trabajo serio y profesional de expertos en la materia. Tú mismo puedes pasar a ser uno de ellos, tan solo necesitas estudiar nuestro Máster en Prevención de Riesgos Laborales de IMF.
¡Anímate y no te arrepentirás!