Sin palabras me he quedado cuando he leído la noticia que a continuación os enlazo:http://www.noticiasdegipuzkoa.com/2012/10/10/sociedad/estado/un-tribunal-no-considera-acoso-tocamientos-y-besos-no-deseados
Resulta que según una sentencia besar y tocar sin consentimiento a una empleada no es acoso, !ver para creer!.
Propongo un debate sobre este tema: según el criterio de cada uno ¿qué actos se consideran acoso laboral?
Espero vuestras opiniones.
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Licenciada en farmacia,
Técnico superior en prevención de riesgos laborales (3 especialidades),
Tutora de cursos ohsas y auditoria de sistema de gestión de la prevención,
Experta en obras y Tutora curso de coordinador de seguridad y salud
Formadora en PRL en IMF Business School.