El nuevo recibo de salarios

Las nóminas de los trabajadores deberán incluir desde este miércoles un importante cambio: además de recoger la base de cotización y el tipo de retención del IRPF y cotizaciones aportadas por el empleado, también reflejarán la aportación del empresario a la Seguridad Social según consta en la Orden Ministerial publicada el martes en el Boletín Oficial del Estado.

La Orden Ministerial da cumplimiento a lo previsto en el artículo 104.2 de la Ley General de la Seguridad Social, añadido por la Ley 27/2011 de 1 de agosto sobre actuación, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.

Dicho artículo establece que, en los justificantes de pago de sus retribuciones, el empresario deberá informar a los trabajadores de la cuantía total de la cotización a la Seguridad Social indicando  la parte de la cotización que corresponde a la aportación del empresario y la parte correspondiente al trabajador.

Hasta ahora, los recibos de la nómina sólo contenían la base de cotización y el tipo de retención correspondientes a la aportación del trabajador, pero no la determinación de la aportación del empresario. Además de esta novedad el nuevo recibo de salarios incluye un nuevo devengo: las horas complementarias, que son  aquéllas que superan las horas ordinarias de la jornada laboral  ha sido pactada y acordada en el contrato a tiempo parcial.

Las empresas dispondrán de un periodo de seis meses para completar su adaptación al nuevo modelo de recibo de salarios.

Marta Martínez

 

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Tutora y docente de postgrado de Recursos Humanos en IMF Business School. Licenciada en Ciencias Políticas y Sociología en la especialidad en sociolaborales. Actualmente dirige su propia consultoría de gestión y aprendizaje en Recursos Humanos y Laboral.
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