Poco más de dos meses después de la aprobación y posterior publicación de la Circular 4/2012 de 12 de julio, por la que se regula la gestión del mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte, el último día del mes de octubre se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Circular 7/2012, de 4 de octubre, de la Comisión Nacional de Energía, que deroga la anterior.
Tiene por objeto establecer las normas de organización y funcionamiento del mecanismo de certificación de biocarburantes y otros combustibles renovables vendidos o consumidos con fines de transporte y concretar determinados aspectos de carácter operativo del sistema nacional de verificación de la sostenibilidad de los biocarburantes. Se establecen los procedimientos, normas y reglas para la solicitud de la constitución de Cuentas de Certificación, para la solicitud de expedición de certificados de biocarburantes y para las transferencias y traspasos de certificados y se definen los procedimientos de gestión del Sistema de Anotaciones en Cuenta por parte de la Comisión Nacional de Energía.
Entrará en vigor el 1 de enero de 2013 y mantendrá su vigencia en tanto sus previsiones no se opongan a lo establecido en las disposiciones necesarias para el desarrollo del sistema nacional de verificación de la sostenibilidad de los biocarburantes.
http://www.boe.es/boe/dias/2012/10/31/pdfs/BOE-A-2012-13490.pdf
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