A lo largo de artículo, vamos a tratar los organismos relacionados con la Prevención de Riesgos Laborales. Desde la entrada en vigor de la LPRL, en España ha existido un gran desarrollo normativo que ha manifestado la necesidad de las empresas de contar con un apoyo externo que surta a sus políticas de instrumentos de gestión y de los conocimientos técnicos necesarios para adecuarse a los complicados requisitos legales vigentes.
Todo esto ha dado lugar a un espectacular incremento de órganos, instituciones y entidades de diverso ámbito territorial y de carácter tanto público como privado.
Este incremento desmesurado tiene como consecuencia el desconocimiento en determinados casos del solapamiento de las funciones que cada una de ellas cubre, restando así eficiencia a su actuación. ¡Echa un vistazo a los organismos en Prevención de Riesgos Laborales!
Organismos y entidades en Prevención de Riesgos laborales
Destacamos cinco ámbitos:
Internacional
Destacamos la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Especialmente importante es su faceta de creadores del derecho internacional del trabajo.
Habría que destacar igualmente la Organización Mundial de la Salud (OMS). Su función en la Prevención de Riesgos Laborales es la protección de la salud y seguridad de los trabajadores ha sido particularmente útil en los aspectos de asistencia sanitaria y elaboración de directrices para el control y detección de problemas de salud de los trabajadores.
Europeo
El gran número de textos de armonización normativa hizo evidente la necesidad de mejorar la coordinación y la información entre los Estados miembros. Para lograr esta armonización, se crea la AESST.
Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo
Desde que se creó en 1994, su misión ha sido contribuir a que los lugares de trabajo sean más seguros y saludables y, por consiguiente, más productivos.
La EU-OSHA aumenta la sensibilización sobre la salud y seguridad en el trabajo y la importancia para los empresarios, los empleados y la sociedad de gestionar bien los riesgos en el lugar de trabajo. Colabora con socios en toda Europa para difundir información actualizada, buenas prácticas y herramientas útiles.
Coopera con numerosas organizaciones internacionales y con las administraciones de seguridad y salud, así como con las partes interesadas de todo el mundo.
Tareas de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo
Tiene como principales objetivos:
- Proporcionar a los organismos comunitarios, a los Estados miembros y a los medios interesados toda la información técnica, científica y económica útil en el ámbito de seguridad y la salud en el trabajo.
- Recoger y difundir información técnica, científica y económica en los Estados miembros, con objeto de informar a los organismos comunitarios, los Estados miembros y los medios interesados.
- Recoger información técnica, científica y económica sobre la investigación relativa a la seguridad y la salud en el trabajo, así como sobre otras actividades de investigación que incluyan aspectos relacionados con la seguridad y la salud en el trabajo, y difundir los resultados obtenidos en la investigación y en las actividades de investigación.
- Fomentar y apoyar la cooperación y el intercambio en materia de información y experiencias entre los Estados miembros en el ámbito de la seguridad y la salud en el trabajo, incluida la información sobre los programas de formación.
Administración General del Estado
Recae sobre ella de forma exclusiva la capacidad reglamentaria, es decir, la regulación de Prevención de Riesgos Laborales solo compete al Estado, sin posibilidad de desarrollo por parte de las CC. AA. El Ministerio de Trabajo es el principal promotor de la regulación en la materia.
Por otro lado, la función de control de la norma compete a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, si bien desarrolla su labor en ámbitos descentralizados, mantiene su configuración como cuerpo nacional a fin de garantizar la unidad de criterios. También, la sanción administrativa corresponde en su mayor grado a las autoridades centrales del Estado.
Comunidades Autónomas
Tienen como misión principal la ejecución de la legislación laboral que la Constitución encomienda a las CC. AA. Además, para su cumplimiento cuentan con la capacidad de dirección, en materia de Prevención de Riesgos Laborales, de la actividad inspectora. Asimismo, unida a esta capacidad de control, poseen la de sanción administrativa.
Las funciones de participación institucional y coordinación son también deseables en las CC. AA., por lo que gran parte de ellas tienen constituidos órganos al efecto.
Administración local: las entidades municipales cuentan con capacidad reguladora en determinados ámbitos, como puede ser el de la protección contra incendios (muchos ayuntamientos poseen ordenanzas municipales al respecto).
Estas entidades tienen capacidad para exigir el cumplimiento de importantes requisitos de seguridad de instalaciones y locales de trabajo, antes de otorgar la licencia de actividad, y luego poseen capacidad de inspección y sanción.