Permiso de paternidad: Las 10 dudas más comunes

Los trabajadores que van a ser padres se encuentran con muchas dudas sobre sus derechos laborales ante la inminente paternidad las más comunes son:

1. ¿Qué es el permiso de paternidad?

Es un período de suspensión del contrato durante el cual se recibe una prestación económica del Instituto Nacional de la Seguridad Social que se da en los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento.

2. ¿Durante cuánto tiempo?

La suspensión del contrato es de cuatro semanas ininterrumpidas, ampliables en el supuesto de parto, adopción o acogimientos múltiples en dos días más por cada hijo a partir del segundo.  Dicha suspensión se puede disfrutar en régimen de jornada completa o en régimen de jornada parcial de un mínimo del 50%, previo acuerdo entre el empresario y el trabajador, en cuyo caso, se podrá alargar hasta 8 semanas.

3. ¿Cuáles son los requisitos para acceder al permiso?

Tan sólo se requiere dos requisitos:

  • Estar afiliados y en alta o en situación asimilada al alta.
  • Tener cubierto un período de cotización de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio del período de suspensión o del permiso o, alternativamente, 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral, con anterioridad a dicha fecha.

En el caso de nacimiento de un hijo por parto de la madre, el permiso de paternidad lo puede solicitar únicamente el otro progenitor, ya que la madre tiene su propio permiso de maternidad.

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En caso de adopción o acogimiento: si los dos progenitores trabajan deberán decidir cuál de ellos disfruta del permiso de paternidad, salvo que uno haya disfrutado del permiso de maternidad, el cuyo caso tan solo podrá disfrutar de paternidad el otro.

Para generar derecho a la prestación se exige que el adoptado o acogido sea menor de 6 años. No obstante, también generan derecho los mayores de 6 años, pero menores de 18 con discapacidad o que, por sus circunstancias y experiencias personales o por provenir del extranjero, tengan especiales dificultades de inserción social y familiar, debidamente acreditadas por los servicios sociales competentes. Se entiende que el adoptado o acogido está afectado por una discapacidad, cuando se acredite en un grado igual o superior al 33%.

4. ¿Cuáles son los trámites para su solicitud?

Los padres que desean solicitar el permiso deben tener los siguientes documentos para entregar en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS):

5. ¿Cuánto se cobra?

Durante este tiempo de suspensión, es obvio, no se acude al trabajo y sin embargo el INSS pagará el 100% de la base reguladora.

La base reguladora es el resultado de dividir el importe de la base de cotización del trabajador en el mes anterior al de la fecha de iniciación de la paternidad por el número de días a que dicha cotización se refiere (este divisor será concretamente: 30, si el trabajador tiene salario mensual; 30, 31 ó 28, 29 si tiene salario diario).

El cobro de la prestación se llevará a cabo mediante ingreso directo a la cuenta bancaria asignada por el trabajador. El tiempo de espera para el primer ingreso está, como máximo en la segunda semana del mes posterior a la asignación del permiso.

6. ¿Cuándo se podrá disfrutar?

Inmediatamente después del nacimiento, simultanearlo con la madre durante la suspensión del contrato por maternidad o después de la baja maternal para alargar el cuidado del hijo por ambos progenitores. Como se ha establecido anteriormente, se podrá disfrutar en régimen de jornada completa o en régimen de jornada parcial de un mínimo del 50%, previo acuerdo entre el empresario y el trabajador.

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7. ¿Se puede compartir el permiso de maternidad y paternidad?

En el permiso de maternidad se tiene derecho a una suspensión del contrato de trabajo durante dieciséis semanas ininterrumpidas, ampliable en el supuesto de parto múltiple en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo. La legislación exige que seis semanas sean disfrutadas inmediatamente posteriores al parto de descanso obligatorio para la madre. Pero el resto, es decir 10 semanas, podrán ser disfrutadas de manera ininterrumpida por el padre, ya sea simultánea o sucesivamente con la madre.

Por lo tanto, el padre podrá disfrutar como máximo de diez semanas de permiso de maternidad que serán compatibles a su vez con el permiso de paternidad que le corresponde.

8. ¿Qué sucede si el padre está en una situación de baja por incapacidad temporal o se le extingue el contrato de trabajo?

Si el trabajador se encuentra en situación de baja por incapacidad temporal el trabajador cobrará la prestación por paternidad, y por tanto verá aumentada la cuantía de la misma, ya que percibirá el 100% de la base reguladora.

Si el trabajador se le extingue el contrato durante el periodo de suspensión y de cobro de la prestación de la paternidad ya sea por despido o por finalización del mismo, seguirá percibiendo la prestación por paternidad hasta su extinción, pasando entonces, a la situación legal de desempleo y a percibir, si procede, la prestación por desempleo.

Si quien va a solicitar el permiso está cobrando una prestación contributiva por desempleo, la prestación se suspende. El trabajador cobra su prestación por paternidad y cuando haya finalizado las cuatro semanas, se reanuda la prestación por desempleo que estaba detenida. De este modo no se pierden esas cuatro semanas, que se añaden al tiempo reconocido de prestación.

9. ¿Qué protección tiene el padre en caso de despido?

Se establece la nulidad del despido en los siguientes casos:

  • Si el despido se produce durante la suspensión por paternidad.
  • Si se reincorpora tras la paternidad y no han pasado más de nueve meses desde el nacimiento.
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En estos casos la ley no prevé la nulidad de forma automática, a diferencia de lo que ocurre con el despido de las mujeres embarazadas o en maternidad. El afectado debe alegar que su despido es discriminatorio por circunstancias familiares y si el juez le da la razón, su despido será nulo y no improcedente, lo que implicará la obligación de reincorporarlo a la empresa y de pagarle los salarios de trámite devengados.

10. ¿Se ampliará en el futuro la duración de la prestación de paternidad?

Los Presupuestos Generales del Estado para 2018, que se espera se aprueben en breve,  se incluye una ampliación del permiso de paternidad de cuatro a cinco semanas. Esa quinta semana que se espere aumente tendrá las mismas características que las cuatro semanas actuales.

Por otro lado, el pleno del Congreso aprobó en 2016 una proposición no de ley que propone igualar los permisos de maternidad y paternidad en 16 semanas. Se trata de una proposición no de ley registrada en la que instan al Gobierno a que este permiso sea igual que no significa que vaya a ser ratificada, veremos en el futuro, estaré atenta para contároslo.

Las dos pestañas siguientes cambian el contenido a continuación.
Tutora y docente de postgrado de Recursos Humanos en IMF Business School. Licenciada en Ciencias Políticas y Sociología en la especialidad en sociolaborales. Actualmente dirige su propia consultoría de gestión y aprendizaje en Recursos Humanos y Laboral.

37 Respuestas

  • Buenas tardes. Ahora mismo no tengo trabajo y mi esposa está embarazada (desempleada y sin prestación). Estoy buscando trabajo desesperadamente. Mi intención es no notificar el embarazo porque puede ser motivo a que no me contraten. Aparte que sería un contrato temporal. Existe alguna forma de no usar el permiso? Estoy obligado a notificarlo? Con que tiempo de preaviso? Siento que me va a perjudicar. Lamentablemente lo que tiene de ser extranjero y con contrato temporal (estoy legal en España). Por favor si me pueden ayudar. Muchas gracias. Un saludo

  • No estas obligado de notificar o cobrar la paternidad.Es un derecho si quiere lo puedes disfrutar encima si no lo cabrais estas dejando INSS mas contento

  • Soy fijo discontinuo, tuve accidente laboral y estoy de baja. El 30 de junio me dieron de baja y ahora me paga la mutua. En la próxima semana seré padre. Quien me paga la baja por paternidad?

  • Trabajando me di de baja laboral fue un 26 y mi hija es decir su mama el 25 tubo mi hijo. Mi jefe me despidió el mismo 26 le pedí donde tenia la mutua y no quería darla estuve un año cojiendo parte por mi médico de cabecera al año me llamaron para valorarme o haber como iba y me difiero de alta y pa como no cobré nada han pasado tres años del nacimiento de mi hija. Puedo pedir la paternidad después de tres años. Aaa mii jefe hizo una irregularidad no me dio nomina y el contrato falso.

  • Hola . Actualmente estoy disfrutando del permiso por paternidad .llevo 8 semanas. Pero he tenido un accidente. Podría interrumpir el permiso de paternidad y acogerme a una IT ?

  • Buenas tardes, actualmente estoy cobrando la it por pago directo a la seguridad social por finalización de contrato. El mes que viene hago el año de baja y fui padre el 06/09/22. He solicitado la paternidad pero me comentan que tengo que solicitar el alta por maternidad (no por mejoría obviamente) y que cuando disfrute esas 16 semanas de paternidad reanudaría nuevamente la prestación de it pero para eso me tiene que dar mi médico de cabecera un parte de baja como recaída. Sin embargo, otro personal d la seguridad social me comenta que no hace falta que pida ningún alta por maternidad porque eso es solo en el caso de las madres que para nosotros los padres se interrumpe la it automáticamente y pasaría a paternidad. Me podéis aclarar por favor.

  • Hola, me contratan esta semana en una nueva empresa. Mi duda viene al tener mi pareja fecha de parto prevista para el 2 de Diciembre. Tendría derecho a paternidad? me han comentado que al ser tan próximo podría tener problemas de fraude en el INSS y no me atrevo a decirlo a la empresa antes de formalizar el contrato, al entender que no se llevará a cabo si doy esta información.
    Podrian sancionarme? mi idea es coger solo las 6 semanas obligatorias y más adelante el resto.
    Gracias.

  • Hola tengo una duda,me coji 6 semanas de permiso cuando nacio mi hijo,y lueg empeze a travajar pero todavia me qedan 10 que disfrutar,que ocurrw si me despiden entre un periodo y otro?gracias

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