El pasado 31 de diciembre de 2011, como despedida del año, se publicó el Real Decreto Ley20/2011 de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público. Esta norma se promulga para suplir la Ley de Presupuestos que no se ha publicado al prorrogarse los de 2011 y para intentar corregir la deriva de nuestro déficit público , se han introducido modificaciones entrando en vigor la mayoría de ellas el ya pasado 1 de enero de 2012.
Un breve resumen de las medidas adoptadas :
1.- Durante el Ejercicio 2012 no se incrementará el salario del personal de los entes públicos, ni se realizarán nuevas contrataciones de personal, salvo casos aislados y específicos. Siendo la jornada ordinaria de trabajo de 37 horas y 30 minutos semanales de promedio.
2.- Para el ejercicio 2012 las pensiones abonadas por la Seguridad Social, tanto las contributivas como las no contributivas y las Clases Pasivas del Estado, experimentaran un incremento del 1%.
3.- Pagos Fraccionados del Impuesto sobre Sociedades:Para los periodos impositivos que se inicien a partir del año 2012, el porcentaje aplicado, será el 18% para la modalidad de pagos previstos en el apartado 2 del artículo 45 del real Decreto-Legislativo 4/2004 de 5 de marzo. Y para la modalidad prevista en el apartado 3 del mismo, será de aplicación el porcentaje que resulte de multiplicar por cinco séptimos el tipo de gravamen redondeado por defecto.
4.- Con efecto para los periodos impositivos que se inicien en los años 2012 y 2013, se incrementa el tipo de gravamen del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles (IBI) entre un 4% y un 10% según el año de comprobación catastral del municipio.
5.- Cotizaciones Sociales: Actualización de las bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, incrementándose un 1%, respecto a las vigentes en 2011.
6.- Se suprime la compensación por copia privada “Canon digital”, pasando esta compensación a ser con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
7.- Se prorroga durante 6 meses, la ayuda para las personas que agoten su protección por desempleo.
8.- Modificación del impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:
– Con efectos desde el 01.01.2011, se vuelve a implantar la deducción por inversión en vivienda habitual. Los contribuyentes podrán deducirse el 7,5 % de las cantidades satisfechas en el periodo, siendo la base máxima de esta deducción 9.040 euros anuales.
– Se mantiene para los periodos impositivos 2011 y 2012, la reducción del Rendimiento Neto de las Actividades Económicas por mantenimiento o creación de empleo
– Se modifica el Porcentaje de retención e ingreso a cuenta en el impuesto de sociedades en los ejercicios 2012 y 2013. Incrementándose de 19 % al 21 % , las retribuciones detalladas en el punto a) del apartado 6 del artículo 140 del impuesto sobre sociedades.
– Tipo impositivo reducido del 20% en el impuesto sobre sociedades para los ejercicios 2011 y 2012 por mantenimiento o creación de empleo.
– Se mantiene hasta el 31 de Diciembre de 2012, el Tipo reducido del 4% del Impuesto Sobre el Valor Añadido a las entregas de viviendas.
15.- Nuevas pensiones mínimas para 2012
http://www.boe.es/boe/dias/2011/12/31/pdfs/BOEA-2011-20638.pdf
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