La reforma ha incluido un nuevo derecho para los trabajadores, a la formación. En este sentido, se ha creado un nuevo permiso retribuido de veinte horas al año para que durante ese tiempo se pueda acudir a cursos de formación vinculados con tu puesto de trabajo.
La acepción “puesto de trabajo” parece acertada, puesto que si la empresa permite la ausencia del empleado, manteniéndose la obligación de retribuirle, qué menos que la formación que se realiza guarde relación con la actividad que realiza en la compañía.
Para poder disfrutar del permiso se requiere contar con una antigüedad mínima en la empresa de un año, por lo que en tu caso puedes solicitarlo.
El Real Decreto Ley deja al trabajador elegir el centro donde realizar la formación, con el único límite ya mencionado de que guarde relación con el trabajo. Por ello, bastaría avisar con antelación a la empresa del curso de formación que se ha elegido y el tiempo que se le va a dedicar, para que se puedas realizarla.
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