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Trabajos a turno

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Hoy en día está bastante extendido la modalidad laboral de trabajos a turnos, especialmente en el sector servicios. Se habla de trabajo a turnos cuando una jornada de trabajo comporta varios puestos, desempeñados sucesivamente por trabajadores diferentes, de forma que se abarca un total de 16 a 24 horas de trabajo diarias. Muchos sectores trabajan o tienden a trabajar las 24 horas del día como sanidad, transporte, seguridad, comunicaciones, industrial, etc.

Si definimos los distintos tipos de horario, normalmente entendemos por tiempo de trabajo el que implica una jornada laboral de ocho horas, con una pausa para la comida, y que suele oscilar entre 7 ó 9 horas, y las 18 ó 19 horas.

Según el artículo 36 del RD Legislativo 1/1995, del 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE del 29/03/1995), tiene la consideración de trabajo a turnos: “Toda forma de organización del trabajo en equipo, según la cual los trabajadores ocupan sucesivamente los mismos puestos de trabajo, según un cierto ritmo, continuo o discontinuo, implicando para el trabajador la necesidad de prestar sus servicios en horas diferentes en un período determinado de días o de semanas”.

Podemos establecer unas consideraciones generales referidas a este tipo de trabajo, regulando aspectos tales como duración de la jornada, el ritmo de trabajo y el derecho de protección de su salud.

Los turnos pueden ser:

fijos: cuando cada trabajador es asignado siempre al mismo turno y

rotativos: cuando cada trabajador cambia periódicamente de turno.

En la rotación de turnos hay que tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • Sentido de la rotación: las rotaciones más comunes son:

– Mañana, tarde, noche (llamada normal o anterógrada).

– Mañana, noche, tarde (llamada retrógada). 

  • Ciclo de rotación: si se considera a un trabajador por turnos efectuando una sucesión de rotaciones (de trabajo y de reposo), el ciclo es el período entre dos asignaciones de este trabajador a un puesto o turno idéntico.
  • Ritmos de rotación: en el trabajo por ritmos rotativos, cada trabajador ocupa el mismo puesto durante varios días, después es asignado a otro turno. La rotación puede ser de ritmo corto (2 ó 3 días) o largo (una semana o más).
LEE:  Inspección de trabajo y Seguridad Social

 

El hecho de trabajar a turnos, sobre todo rotativos o de noche, tiene una serie de repercusiones sobre la salud de los trabajadores que conviene tener en cuenta para intentar que tengan la menor incidencia posible. Desde el punto de vista ergonómico, es importante tener en cuenta estas consecuencias y diseñar los puestos de manera que sean lo menos nocivos posible para la salud de quien los desempeña. Estas consecuencias tienen una serie de efectos sobre:

 

  1. La salud.
  2. La vida privada y social.
  3. La vida profesional.

 

Normalmente la duración de los turnos es siempre la misma, independientemente del número de éstos (3 x 8 h, 2 x1 2 h, 4 x 6 h, etc.), pero en algunas empresas se han ensayado e implantado otras posibilidades, donde el turno de noche está reducido a 7 horas y el de mañana ampliado a 9 horas.

Formación Relacionada

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Licenciada en farmacia, Técnico superior en prevención de riesgos laborales (3 especialidades), Tutora de cursos ohsas y auditoria de sistema de gestión de la prevención, Experta en obras y Tutora curso de coordinador de seguridad y salud Formadora en PRL en IMF Business School.

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Se habla de trabajo a turnos cuando una jornada de trabajo comporta varios puestos, desempeñados sucesivamente por trabajadores diferentes