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Reflexiones sobre el absentismo laboral: RD 625/2014 de 18 de julio

oficinaEl RD 625/2014 de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por Incapacidad Temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de duración, entró en vigor en vigor el pasado día 1 de septiembre, estableciéndose un régimen transitorio de 6 meses para los plazos de contestación del SPS y del INSS.

Con esta norma se pretende mejorar la eficiencia del sistema y, en la medida de lo posible, gestionar mejor el absentismo.

El absentismo constituye una pesada carga para la competitividad y productividad empresarial. La tasa de absentismo laboral en España se redujo 0,2 puntos porcentuales en 2013, hasta el 4,1%, aunque en el último trimestre del año 2013 se produjo un repunte según refleja el III Informe Adecco sobre Absentismo. La crisis ha sido, en mi modesta opinión, un factor decisivo en la reducción del absentismo.

Con el nuevo RD 625/2014 de 18 de julio las Mutuas de accidentes de trabajo podrán actuar desde el primer día de la baja. La agilidad en la gestión puede ser un elemento de suma importancia para lograr una recuperación más rápida. Los recursos sanitarios de las mutuas pueden agilizar listas de espera que, con los recortes sufridos en los últimos tiempos, se han disparado.

ministerio_sanidad_2La competencia en cuanto al alta de los trabajadores para su reincorporación al trabajo sigue en manos de los facultativos de los SPS o el INSS.  Las mutuas podrán realizar propuestas motivadas de alta médica a las inspecciones médicas de los Servicios Públicos de Salud, quienes dispondrán de 5 días hábiles para responder con la emisión del alta o desestimar la propuesta. Si el Servicio Público de Salud desestima la propuesta de alta o no contesta en forma y plazo, la Mutua podrá formular dicha propuesta de alta al INSS, que tendrá un plazo de 4 días para responder a la misma.

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En el supuesto de incomparecencia a los reconocimientos médicos de las Mutuas se podrá suspender cautelarmente el subsidio y se otorgará al trabajador un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día de la incomparecencia, para que justifique la misma.

Los médicos dispondrán de unas tablas de duraciones óptimas de los procesos por patologías que tienen en cuenta la enfermedad del trabajador, su edad y la actividad laboral que realiza. Entiendo que esta información es necesaria para no sólo curar sino también gestionar prestaciones económicas. Por otra parte, para el Empresario es oportuno y conveniente disponer de una previsión de la duración del proceso.

Esta nueva regulación pone foco especial en las medidas de control de los procesos de incapacidad temporal. Entiendo que el fenómeno del absentismo laboral va más allá de la mera ausencia al trabajo. Existe un notable absentismo presencial y emocional que debe abordarse trabajando conjuntamente Empresarios y Trabajadores. “Las personas trabajando a gusto damos lo mejor”. Esta frase forma parte de la cultura corporativa de una empresa de la provincia de Pontevedra cuyo índice de absentismo no llega ni al 1%. La rentabilidad de su negocio supera el 20 % anual. ¿Es necesario aportar más argumentos?

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Roberto Quelle cuenta con amplia experiencia en gerencia de unidades de negocio y liderazgo de equipos. Especializado en el sector de los seguros, ha ejercido como formador en técnicas de negociación, técnicas de ventas y prevención de riesgos laborales y colabora habitualmente con IMF como autor y revisor técnico de material didáctico.
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