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¿Quieres estar al día con la Prevención de riesgos?

Factores psicosociales en la empresa

Si tu respuesta es afirmativa y quieres que la prevención de riesgos en tu empresa sea eficaz aquí puedes encontrar un listado con las actividades preventivas que debes llevar a cabo.

Son actividades que la Ley de prevención establece como obligatorias y que aparecen recogidas en el capítulo III (Derechos y obligaciones).

Actividades preventivas

  • Evaluación de los riesgos. El empresario deberá realizar una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores, teniendo en cuenta con carácter general todas las condiciones de trabajo. Esta evaluación será actualizada cuando cambien alguna de las condiciones de trabajo y, en todo caso, se someterá a consideración y se revisará, si fuera necesario, con ocasión de los daños para la salud que se hayan producido.
  • Planificación de la actividad preventiva. Si los resultados de la evaluación pusieran de manifiesto situaciones de riesgo, el empresario realizará aquellas actividades preventivas necesarias para eliminar o reducir y controlar tales riesgos. Dichas actividades serán planificadas por el empresario, incluyendo (para cada actividad preventiva) el plazo para llevarla a cabo, la designación de responsables y los recursos humanos y materiales necesarios para su ejecución.
  • Adoptar las medidas de protección necesarias. El empresario deberá adoptar las medidas necesarias para que los equipos de trabajo (máquina, aparato, instrumento o instalación utilizados en el trabajo) y los equipos de protección individual sean los adecuados para que los trabajadores puedan ejecutar sus tareas con seguridad. Igualmente, velará por el uso correcto de tales equipos. Lógicamente, la comunicación entre los responsables de seguridad, procesos, producción y compras debe ser armoniosa para cumplir satisfactoriamente esta actividad.
  • Realización de inspecciones de seguridad. El objetivo perseguido es detectar, antes de que ocurra un accidente, las situaciones de riesgo que bien se escaparon de un control realizado con anterioridad o bien han aparecido posteriormente por modificaciones o innovaciones (operativas o tecnológicas) realizadas en los puestos o en el centro de trabajo.
  • Realización de controles ambientales si fuera necesario. En aquellos puestos donde estén presentes agentes químicos, físicos o biológicos que puedan alcanzar unos niveles perjudiciales para la seguridad y/o la salud de los trabajadores, es necesario realizar unos controles periódicos.
  • Investigación de accidentes. La investigación de accidentes es una técnica posterior al accidente que trata de prevenir su repetición. Consiste en analizar los hechos para determinar el conjunto de causas concurrentes y establecer una prioridad o importancia de las mismas basándose en su posibilidad de eliminación.
  • Información a los trabajadores. Colaboración y participación. El trabajador debe conocer los riesgos, para su seguridad y salud, que presenta el medio donde realiza su prestación laboral y las medidas que debe seguir para evitarlas. Por esta razón, debe estar informado de los riesgos generales y específicos y de las medidas preventivas que se deben de adoptar tanto en situación de normalidad como en caso de emergencia.
  • Formación de los trabajadores. El empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de la contratación como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo.
  • Organización de emergencias. El empresario, además de ser el titular de una actividad, es el responsable de las situaciones peligrosas que puedan acontecer en el desarrollo de la misma. Debido a esto, deberá prever las situaciones que, con carácter extraordinario o anómalo, pudieran surgir, como es el caso de: incendio, amenaza de bomba, inundación, accidente con lesión grave, fugas o derrames de sustancias peligrosas, etc.
  • Vigilancia de la salud de los trabajadores. La realización de ciertos trabajos (trabajos en altura, manejo de explosivos en minas, etc.) requiere unas condiciones mínimas de salud que solamente pueden ser manifestadas a través de los controles médicos de los trabajadores. Por otra parte, la exposición de los trabajadores a ciertos agentes físicos, químicos o biológicos son susceptibles de originar enfermedades profesionales que podrían ser evitadas si se detectan en su génesis.
  • Elaborar una relación de accidentes y enfermedades profesionales. Las estadísticas de los accidentes muestran una serie de datos: trabajadores accidentados, lugar del accidente, gravedad de los mismos, parte del cuerpo lesionada, etc., que resultan muy valiosos a la hora de detectar los puntos flojos de una correcta planificación.
  • Procedimiento de actuación. Para los casos de riesgo grave e inminente.
  • Reuniones con los trabajadores. Estas reuniones, que se pueden realizar con diferentes periodicidades y abarcando distintos ámbitos (sección, línea, grupo, etc.), facilitan la participación y colaboración de los trabajadores y suministran una información valiosa a la hora de detectar riesgos y adoptar las medidas de protección más adecuadas.
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Estas son las actividades preventivas en las que todos los miembros de la empresa deben participar en mayor o menor medida.

 

Por Josefina del Prado

Formación Relacionada

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Licenciada en farmacia, Técnico superior en prevención de riesgos laborales (3 especialidades), Tutora de cursos ohsas y auditoria de sistema de gestión de la prevención, Experta en obras y Tutora curso de coordinador de seguridad y salud Formadora en PRL en IMF Business School.

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