El transporte de mercancías peligrosas está regulado por el Acuerdo Europeo sobre el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por
Carretera más conocido con las siglas ADR. En España existe un Real Decreto que obliga a cumplir el ADR, este acuerdo es revisado cada cierto tiempo, cada dos años más o menos, con el fin de tener en cuenta los avances técnicos, así como la aparición de materias nuevas, cambios en el etiquetado, etc.
El 1 de julio de 2011 entró en vigor la nueva normativa sobre el ADR, hasta esa fecha se ha podido seguir utilizando la relativa al ADR de
2009.
El ADR regula:
- Las materias que se consideran peligrosas y aquellas que se pueden transportar por carreta.
- Los tipos de envases y embalajes que se pueden utilizar.
- El etiquetado y la señalización de bultos y vehículos.
- Documentación necesaria para poder realizar este transporte.
- Tipos de vehículos, equipamiento especial y certificados.
- Las normas sobre la construcción de cisternas.
- Carga, estiba y descarga de mercancías.
- Formación de los conductores que transportan mercancías peligrosas.