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Dos cambios fundamentales en las patentes en España.

Muchos son los pasos que las patentes españolas están dando para asemejar la legislación que les afecta a la de otros países más adelantados al respecto como los Estados Unidos o Alemania. De hecho las leyes españolas al respecto fue uno de los requisitos que nuestro país tuvo que cumplir para que se hiciera efectiva su adhesión a la Unión Europea. La nueva ley de patentes, Ley 24/2015 de 24 de julio, se adecuará a los estándares europeos cuando entre en vigor en el 2017.

¿Cuáles son los cambios introducidos en la legislación que se refiere a patentes que nos pueden beneficiar?

Conceder la patente

La primera modificación es que el proceso se acelera para conceder la patente y se fortalece frente a patentes curriculares o patentes débiles sin real actividad inventiva. Pese a que también se encarece, la unificación del proceso desde la OEPM podría conseguir que una patente se llegue a conceder completamente en un plazo incluso inferior al año.

Sin embargo, la aceleración del proceso en parte se consigue al sustituir las oposiciones previas que ralentizaban la concesión por un sistema de oposición post-concesión, estableciendo indemnizaciones por infracciones al respecto pero una vez concedida la licencia. Estas reivindicaciones también son agilizadas en el procedimiento aunque sean posteriores y, pese a que esta cláusula da cierta inseguridad jurídica, lo que pretende es terminar con monopolios y situaciones ilegales.

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Nuevos modos de utilidad

La segunda gran aportación es la incorporación de nuevas posibilidades de patentes y modos de utilidad. Por si acaso es el momento de diferenciar entre estos dos términos. Las patentes implican un monopolio de explotación comercial o industrial sobre una invención tras el pago de unas tasas y otras obligaciones. Sin embargo, el modelo de utilidad no tiene tanto rango inventivo sino que lo componen una configuración, una estructura o un proceso del que se saca utilidad o ventajas de aplicación industrial. Por ejemplo, la nueva ley permite la aplicación medicinal o terapéutica de determinados compuestos ya conocidos.

La nueva ley equipara patentes y modelos utilidad ya que la legislación anterior exigía novedad mundial para otorgar la licencia en las patentes pero solo novedad nacional para otorgar la de modelo de utilidad. La legislación actual exige la novedad mundial para ambas. Esto endurece los requisitos de los modelos. Los modelos de utilidad, sin embargo, mantienen las oposiciones durante el proceso de solicitud previo a la licencia a diferencia de las patentes.

El conocimiento de la legislación vigente, en ésta o cualquier otra materia del comercio nacional e internacional es imprescindible ya que las leyes pueden ser derogadas o modificadas y podemos conseguir beneficiarnos de estas modificaciones convirtiendo las amenazas en oportunidades.

En el Master en Comercio Internacional de EIPE Business School profundizamos en este tema.

Jesús RubioJesús Rubio,  tutor del Máster en Comercio Internacional.

 

 

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