El 1 de junio ha entrado en vigor la nueva normativa sobre la certificación de la eficiencia energética de viviendas. Son muchas las dudas que han surgido en torno a este nuevo Real Decreto. Desde IMF Formación te ayudamos a resolverlas.

Certificación Energética, ¿desde cuándo?
Ha entrado en vigor el 1 de Junio (Real Decreto 235/2013, de 5 de abril)
¿A qué obliga?
A que desde el 1 de junio y con carácter general, todos los locales, viviendas y edificios (de obra nueva y de segunda mano) que vayan a ser vendidos o alquilados deben contar con un certificado energético.
¿Qué aporta el certificado?
La etiqueta energética clasificará a los edificios desde la A (Favorable) a G (Desfavorable). Desde el punto de vista del ahorro energético, el certificado permitirá determinar la calidad de la vivienda.
Un buen certificado va a detectar dónde se producen gastos innecesarios debido a malas condiciones de la vivienda o instalaciones, y permitirá al propietario aumentar la calidad de la vivienda, local o edificio que desea vender o alquilar.
¿Qué edificios tienen la obligación de obtener el certificado energético?
Hay 3 casos:
1. Edificios de nueva construcción.
2. Edificios o partes de edificios existentes que se alquilen o se vendan a un nuevo arrendatario, siempre que no dispongan de un certificado en vigor.
3. Edificios o partes de edificios en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 m2 y que sean frecuentados por el público.
¿Hay excepciones?
Van a “librarse” del certificado energético los locales y edificios industriales de 50 m2 o que se alquilen por menos de 4 meses.
El certificado energético, ¿lo realiza una empresa determinada?
La calificación energética puede hacerla cualquier técnico competente y es elegido libremente por el propietario del local/edificio/vivienda.
¿Quiénes pueden expedirlo?
El técnico competente para emitir el Certificado de Eficiencia Energética será, entre otros:
- Arquitecto
- Arquitecto Técnico
- Ingeniero Industrial
- Ingeniero Técnico Industrial
A estos efectos, se tendrá en cuenta la formación, la titulación, la experiencia y la complejidad del proceso de certificación.
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RVillalba
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Muy interesante Raquel.
Una buena salida profesional para todos aquellos que están formados en el área y que actualmente se encuentran en situación de desempleo…
Muchas gracias por tu iniciativa de informarnos sobre la nueva normativa de Certificación Energética, me parece muy interesante para nuestra labor informativa a nuestros alumnos así como para nuestra formación.
Gracias Raquel está explicado de manera clara y sencilla. Es el momento para formarse energías renovables y eficiencia energética. Un saludo
Gracias Raquel por contarlo de manera tan clara. Hay que aprovechar la oportunidad de formarse en energías renovables o eficiencia energética. Una salida de plena actualidad. Un saludo
Buen articulo Raquel,
Me ha parecido muy interesante y seguro que útil para nuestros alumnos del área de energías renovables. Un área con proyección profesional.
Gracias!
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