El RD 1644/98 será nuevo marco legislativo para la maquinaria

El 29 de diciembre de 2009 entra en vigor el R.D. 1644/98 sobre la comercialización de máquinas y se derogarán los Reales Decretos 1435/95 y 56/95.

Esta nueva normativa impone el control de riesgos derivados de la utilización de equipos de trabajo en el mismo momento de su fabricación, exigiendo a la empresa fabricante la realización de una evaluación de los riesgos que puedan derivarse tanto del uso previsto para su máquina como de aquellos riesgos que se puedan derivar del uso incorrecto o no previsible de las mismas.

Hasta ahora en la fabricación de las máquinas se concebían las medidas de seguridad teniendo en cuenta la utilización de las mismas en condiciones óptimas y teniendo en cuenta una situación de uso prevista. Pero la realidad es otra, las empresas usuarias de las máquinas no pueden prever de antemano en qué situación se van a ver obligadas a utilizarlas y es en estos momentos cuando se producen realmente las situaciones de riesgos y la materialización de los accidentes laborales.

Estas condiciones no previstas de antemano y que son más comunes de lo que imaginamos, se han tenido en cuenta en el Real Decreto 1644/2008, todo ello con el fin de que el fabricante saque al mercado laboral un producto mucho más seguro ya que afectará tanto a la fabricación como a la puesta en marcha de la máquina.

Con la nueva normativa se dará solución a situaciones tales como la unión de dos equipos de trabajo que por separado disponen de marcado CE y declaración de conformidad, pero la unión entre ellas para formar un nuevo equipo no se adaptaba a ninguna normativa, dando lugar a una situación hasta ahora problemática.

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Un ejemplo de esta situación lo tenemos en la adaptación de una cesta para trabajos en altura a una grúa hidráulica instalada sobre un camión. Tanto la cesta como la grúa por separado cumplían con la normativa pero la unión de ambas no.

En definitiva se pretende dotar al mercado laboral de equipos de trabajo mucho más seguros, esta seguridad debe empezar con el diseño y fabricación de un producto seguro para conseguir disminuir la accidentabilidad laboral que es el objetivo de la Ley de Prevención De Riesgos Laborales (Ley 31/1995).

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Licenciada en farmacia, Técnico superior en PRL (3 especialidades), Tutora de cursos auditoria de sistema de gestión de la prevención y OSHAS, Experta en obras y Tutora curso de coordinador de seguridad y salud Formadora en PRL en IMF Business School.

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