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Coordinador de seguridad y salud en obras sin proyecto

el coordinador de seguridad en obras sin proyecto

Una de las obligaciones del promotor de una obra es la del nombramiento del coordinador de seguridad y salud tanto en elaboración como en ejecución del proyecto de obra como una figura preventiva imprescindible para proteger la seguridad y salud de los trabajadores.

Esto está claro en obras con proyecto, pero ¿qué sucede cuando se trata de una obra sin proyecto?

A esta pregunta es a la que vamos a dar respuesta en esta entrada.

¿Qué es un proyecto de obra?

Proyecto es el conjunto de documentos mediante los cuales se definen y determinan las exigencias técnicas de las obras de construcción, de acuerdo con las especificaciones requeridas por la normativa técnica aplicable a cada obra.

Obras para las que no es necesario realizar un proyecto

Las obras que entrarían dentro de esta categoría son:

Menores

Por ejemplo: la reforma de un baño, de una cocina, revocar na fachada, etc.

De corta duración

Es el caso de arreglos en aceras o pavimento urbano, arreglo de una pared por humedad, etc.

De emergencia

Son aquellas destinadas a evitar un peligro grave como apuntalamientos de tapias, arreglo de tuberías rotas con escape de agua, etc.

De conservación de infraestructuras

Como arreglos en parques y jardines, por ejemplo.

En periodo de garantía

Como una rectificación de una obra ya acabada pero que aún está en garantía.

En todas estas obras, como es lógico, no existe proyectista, pero tampoco existe coordinador de seguridad y salud en fase de elaboración del proyecto y tampoco es necesaria la presencia de la dirección facultativa.

Coordinador de seguridad y la ejecución de la obra

La figura del coordinador de seguridad y salud en fase de ejecución de la obra es una figura integrada dentro de la dirección facultativa por lo que cabría pensar que si en obras sin proyecto no existe esta, no debe existir un coordinador de seguridad y salud.

En la primera edición de la Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a las obras de construcción publicada por el INSHT y en cumplimiento de lo establecido en la disposición final primera del Real Decreto 1627/1997, establece unos criterios de aplicación no vinculantes según la tipología de las obras de construcción, entre los cuales se encuentran los tipos de obra sin proyectos.

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Ley de Prevención sobre coordinación de actividades

En 2004 entra en vigor el RD 171/2004 por el que se desarrolla el Artículo 24 de la Ley de prevención sobre coordinación de actividades empresariales en los casos en los que en un mismo centro de trabajo concurran una o más empresas o una empresa y trabajador autónomo, esto sucede habitualmente en una obra que curse con o sin proyecto, de nuevo se pone de manifiesto la duda de si es necesario nombrar coordinador de seguridad y salud en obras de construcción sin proyecto cuando se den dichas circunstancias.

En 2008 la Dirección General de Trabajo mediante la publicación de su informe sobre la obligatoriedad de designación de coordinador de seguridad y salud en las obras de construcción que carecen de proyecto de ejecución pone de manifiesto que:

tras la entrada en vigor del RD 171/2004, la designación de coordinador de seguridad y salud es una exigencia en obras con o sin proyecto, zanjando, de esta manera, un tema que venían dando lugar a distintas interpretaciones.

No obstante, y para reafirmar el Informe anterior, en 2010 se da a conocer la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que en base a la Directiva 92/57/CEE, establece que no pueden plantearse excepciones a la obligación de designar un Coordinador de Seguridad y Salud y que se debe designar uno siempre que en una obra concurran varias empresas.

Formación Relacionada

Las dos pestañas siguientes cambian el contenido a continuación.
Licenciada en farmacia, Técnico superior en prevención de riesgos laborales (3 especialidades), Tutora de cursos ohsas y auditoria de sistema de gestión de la prevención, Experta en obras y Tutora curso de coordinador de seguridad y salud Formadora en PRL en IMF Business School.

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Coordinador de seguridad y salud en obras sin proyecto

El promotor de una obra debe nombrar al coordinador de seguridad y salud, pero ¿qué sucede cuando se trata de obras sin proyecto?