Planificación de la actividad preventiva

La Planificación debe contemplar:

A largo plazo:

1.- Cómo y cuándo hacerla y quién debe hacerla, a partir de los resultados de la revisión inicial de la acción preventiva y de la evaluación inicial de riesgos.

2.- Objetivos y metas a conseguir, tanto en el conjunto del sistema como para cada uno de los niveles operativos de la estructura de la empresa que intervienen en la gestión del sistema.

3.- Asignación de prioridades y plazos para los objetivos y metas establecidos.

4.- Asignación de recursos y medios, para lo que deberá tenerse en cuenta las responsabilidades definidas y la coordinación necesaria con otros sistemas de gestión propios de la empresa.

5.- Seguimiento periódico de la consecución de objetivos, mediante los canales de información adecuados y los indicadores representativos. La Planificación de la acción preventiva deberá realizarse a términos de medio y corto plazo, entendiéndose como tales:

A medio plazo: Plan de realizaciones que abarque un período en el que no se prevén modificaciones sustanciales de la actividad de la organización, ni tecnológica ni organizativamente. Esta Planificación puede abarcar uno o varios ejercicios de la actividad empresarial, no siendo aconsejable que sean más de tres años, ni menos de uno.

A corto plazo: Plan de actividades que abarque un período menor que el anterior, por tanto, a realizar durante un año o períodos cortos.

Tanto en un caso como en el otro (a medio y a corto plazo), deberán tenerse en cuenta los apartados antes indicados ya que constituyen la base de la Planificación.

Para ello, la organización deberá establecer un Procedimiento dentro de su SGPRL que se denominará “Procedimiento de Planificación de Objetivos y Metas” y se definirá, de acuerdo con la organización de la empresa y dentro del SGPRL.

Planificación de la actividad preventivaPara explicar este procedimiento debemos dejar claro, como se indica en el Máster en Prevención de Riesgos Laborales, qué se entiende por objetivo (fin común a toda la organización) y por meta (fin exclusivo de un área o nivel de la organización). El procedimiento tratará:

LEE:  Planificación preventiva para acabar con los riesgos laborales

– Cómo deben definirse y establecerse.

– Qué niveles deben participar en la propuesta.

– Estudio y definición de objetivos y metas.

– Qué niveles toman decisión sobre los mismos.

– Cuándo debe realizarse tal planificación y decisión.

Este procedimiento establecerá también la forma de asignación de recursos, de acuerdo a lo que se haya establecido en la Política de Prevención y en las Responsabilidades del SGPRL.

Las dos pestañas siguientes cambian el contenido a continuación.
Licenciada en farmacia, Técnico superior en prevención de riesgos laborales (3 especialidades), Tutora de cursos ohsas y auditoria de sistema de gestión de la prevención, Experta en obras y Tutora curso de coordinador de seguridad y salud Formadora en PRL en IMF Business School.

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