Indemnidad frente a represalias en el trabajo: qué dice la Ley

El miedo a denunciar

Por las situaciones tan volátiles en las que nos encontramos actualmente en el mundo laboral, muchos trabajadores, temen denunciar posibles irregularidades cometidas por sus empresarios con tal de seguir trabajando y tener, al menos, un sueldo con el que vivir.

Este miedo a perder el empleo actual y evitar la fatigosa tarea de encontrar otro trabajo, supone, en ocasiones, tener que aguantar situaciones que son totalmente denunciables. Afortunadamente, y esto es algo que escapa al conocimiento de muchos trabajadores, existe, en nuestro ordenamiento jurídico interno una protección que puede ayudar a denunciar a los empresarios ante fraudes cometidos con motivo de la relación laboral y, lo más importante, sin que existan represalias por esta actuación.

El derecho a la indemnidad

Los trabajadores, máxime en estos tiempos en los que estamos mal acostumbrados a observar noticias tan desagradables y que revientan los derechos laborales consagrados en el Estatuto de los Trabajadores, han de ser conocedores de la conocida como garantía de indemnidad o derecho a la indemnidad.

Este derecho, importantísimo, significa que, en los casos en los que el trabajador demanda a su empresario; presenta una papeleta de conciliación previa a la demanda; o, mediante un escrito, le reclama un derecho violado, el trabajador cuenta con una protección, esto es: no ha de tener miedo a posibles represalias del empresario (véase: sanciones, despidos, cambios de condiciones de trabajo, etc.), pues se encuentra blindado.

Siempre que no exista una causa totalmente objetiva en la que, por ejemplo, se demuestra que el trabajador ha cometido una infracción disciplinaria muy grave y en la que el despido disciplinario es procedente, el empresario no puede despedir al trabajador porque sí. De hacerlo, se considerará esta actuación nula y, por consiguiente, el trabajador despedido tendrá el derecho a ser readmitido a su puesto de trabajo. Esta protección alcanza, igualmente, en aquellas circunstancias en las que, simplemente, el trabajador ha acudido a un abogado o sindicato para informarse de sus derechos. Y no solo ello, también si testifica, en un juicio, a favor de un compañero.

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La jurisprudencia

El Tribunal Constitucional se ha manifestado en este sentido en diversas ocasiones: SSTC 66/2002, de 21 de mayo, 5/2004, de 19 de abril, 38/2005, de 28 de febrero y 125/2008, de 20 de octubre.

Siendo destacable, también, la siguiente literalalidad extraída de la Sentencia número 823/2005, de 18 de marzo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias – Sala de lo Social, que da buena prueba del derecho a la indemnidad

“En el ámbito de las relaciones laborales, la garantía de indemnidad se traduce en la imposibilidad de adoptar medidas de represalia derivadas de las actuaciones del trabajador encaminadas a obtener la tutela de sus derechos. Esta garantía cubre, como ha señalado con reiteración el Tribunal Constitucional, todo acto procesal o preprocesal necesario para acceder a los Tribunales de justicia, y, en consecuencia, tanto el ejercicio de la acción en sede jurisdiccional, como lo actos preparatorios o previos necesarios para dicho ejercicio, pues el derecho a la tutela judicial efectiva es perfectamente compatible con el establecimiento de condicionamientos previos para el acceso a la jurisdicción”.

Como conclusión, este derecho supone un alivio para el trabajador que se sienta desprotegido en su relación laboral; que no tenga ningún reparo para demandar y hacer valer sus derechos, es un paso muy importante para evitar que se sigan cometiendo infracciones laborales tan graves.

 

Francisco Trujillo Pons, Profesor del Máster en Dirección de Recursos Humanos de Cela Open Institute.

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Una respuesta

  • En Mexico, No es el caso. Yo fui despedido injustificadamente por el mismo acto que la empresa uso para querer descansar a 80 de sus empleados, sin goce de sueldo,; y así ahorrar se capital. Usaron la excusa de que todos estabamos siendo investigados por robo de unos boletos del super tazon de un valor de 30,000 dolares. Algo que era imposible de hacer ya que teniamos limitado acceso al sistema para poder llevar a cabo esa atrosidad. Pongo un comentario en el grupo de chat que asi como ellos nos criminalizaban, nosotros hariamos lo mismo, cuando no arrestaran a nadie por el crimen. Cambian de pareser, nos dicen que nos conectemos al sistema y que nos pagarian por el periodo, pero yo ya no pude conectarme. cuando regresamos a trabajar dos semanas despues, me despiden por robo. ya tengo 7 meses, y no puedo arreglar mi denuncia por despedido injustificado. El sistema en Mexico esta corrupto y no hay justicia, si no para las companias grandes que pueden pagar a los de arbitraje para que no les llegue lo que se merezen.

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