Si algún padre se encuentra en esta situación en el que la empresa para la que trabaja le deniega el permiso de lactancia, debe reclamar su derecho ante los tribunales. En los cursos de recursos humanos se estudian las resoluciones y medidas respecto a este tema.
Estatuto de los Trabajadores
El artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores regula el permiso de lactancia estableciendo que hasta que el hijo cumpla nueve meses (un año, en el caso de los funcionarios y en las empresas cuyo convenio así lo establezca), se podrá optar entre ausentarse de su lugar de trabajo durante una hora diaria (que se puede dividir en dos fracciones de dos medias horas) o reducir su jornada 30 minutos, al principio o al final de la jornada diaria.
Asimismo, también puede acumular este permiso en jornadas completas, y retrasar así su incorporación a la actividad laboral entre 15 y 18 días más (según convenio o pacto con empresa).
El Estatuto de los Trabajadores no deja nada claro la titularidad de este derecho en una primera interpretación, podríamos establecer que sólo la mujer sería la titular del derecho, de modo que si ambos trabajan, la mujer puede ceder el derecho al disfrute del permiso al marido, pero si aquélla no trabaja el marido nunca podrá disfrutar ese permiso.
Resolución del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
En febrero de 2013, una resolución del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas estableció que los funcionarios podían disfrutar del permiso de lactancia aunque la madre no trabajase, un importante paso adelante en la conciliación de la vida laboral y familiar.
Este derecho se hizo extensivo luego a la Guardia Civil y en julio de 2013, una nueva resolución reconoció este derecho para todos los trabajadores, también los del sector privado, al especificar que los criterios serían trasladables al Estatuto de los Trabajadores, es decir, que si un trabajador por cuenta ajena de la empresa privada lo solicita, también le sería concedido.
Los jueces también en varias sentencias establecen que el permiso de lactancia podrá ser disfrutado por cualquiera de los dos progenitores, con independencia de la situación laboral de la madre. La sentencia más reciente es la sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 1 de Zamora que reconoce a un profesor de Zamora el derecho a disfrutar del permiso de lactancia pese a que la madre se encontraba en paro en esos momentos y que le fue denegado por la Dirección Provincial de Educación por estos motivos. El fallo, dictado el pasado 30 de abril, contempla el permiso de lactancia como un derecho del padre, independientemente de que la madre esté o no trabajando. La resolución, separa la lactancia del acto biológico de dar el pecho, dado que existe tecnología que lo permite, entendiendo la lactancia como un tiempo de cuidado del hijo, y una medida conciliadora de la vida familiar y laboral, independientemente del género del progenitor.
El disfrute del permiso se ha flexibilizado y ha superado la discriminación por razón de sexo, permitiendo al padre disfrutarlo en las mismas condiciones, con independencia de que la madre trabaje por cuenta ajena, propia o no esté en activo.
Marta Martínez
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La puerta sostiene su resistencia mecánica,
es decir continúa anclada firmemente en su lugar.
Buenas Marta, en primer lugar felicitarte por la profesionalidad y discreción en las respuestas. Mi caso en un poco peculiar, pero a ver si puedes ayudarme por favor. Mi mujer desde hace ya años no trabaja, yo lo hago en una empresa multinacional como es ENDESA, donde impera un IV Convenio Marco. Me gustaría con el nacimiento de mi nuevo hijo, solicitar permiso de lactancia acumulada, y me dicen que al no trabajar mi mujer no me corresponde. es eso cierto Marta? Gracias y un cordial saludo.
Juan Pablo, de momento y si el convenio no establece lo contrario, en caso que la madre no trabaje y si no eres funcionario, no tienes derecho a permiso de lactancia.
Buenos días Marta. Pero en tu artículo dices que es un derecho del padre con independencia de la situación laboral de la madre. Ese es también mi caso. Trabajo por cuenta ajena y mi mujer está cobrando el paro. Puedo pedir el permiso de lactancia? Y si me lo deniegan, tengo las de ganar si lo denunció? Gracias
Buenas tardes:
El permiso de lactancia no es vinculante a la situación laboral de la madre. Lo único a tener en cuenta es que si tu mujer esta en el paro es porque tiene cotizado mas de un año. En este caso tu mujer tiene derecho al permiso de maternidad puesto que a lo largo de su vida laboral tiene cotizado mas de 365 días. Por lo tanto no podrás disfrutar el permiso ya sea acumulado o no hasta la finalización del permiso de maternidad (4 meses). Para saber los días que te corresponden debes calcular 1 hora por día de trabajo efectivo hasta que tu hijo/a tiene los 9 meses dividiendo entre las horas de tu jornada diaria y redondeando al alza. Debes notificarlo con un mínimo de 15 días antes de la finalización del permiso de maternidad (4 meses).
Un saludo.
Hola, necesito saber si pueden denegar el permiso de Lactancia acumulado al padre (funcionario español residente en España) si su actual esposa es alemana y tiene su domicilio de residencia y fiscal en Alemania (ella), no estando empadronada aún en España, ya que si se registra ahora en el Padrón en España pierde su derecho a Maternidad de un año al 67% del salario en Alemania al perder su residencia y domicilio fiscal.
Podrían denegártelo porque tanto la madre como supongo el hijo tienen la residencia legal en Alemania. Es mi opinión porque no existe normativa al respecto ni jurisprudencia.
Hola, soy estatutario de Castilla la mancha, Mi mujer no trabaja y quisiera saber si tendría derecho a pedir el periodo la lactancia, los dos somos españoles residentes en España. Gracias en caso afirmativo como se solicita.
Hola, tengo una duda. En caso de estar los dos padres trabajando, ¿para que el padre disfrute del permiso de lactancia ha de cedérselo la madre al igual que sucede con el permiso de maternidad? Y en ese caso, ¿cuándo podría disfrutarlo él? Muchas gracias por adelantado.
Hola buenos días.
Quisiera saber si hay algún texto tipo para la presentación en la empresa de la madre su renuncia a la lactancia acumulada en favor del padre.
Hemos hecho un escrito y se ha sellado por la empresa de mi mujer como que la trabajadora ….Con dni ….renuncia a la lactancia acumulada en favor de ……Con dni y me dicen en mi empresa que no les vale ese escrito.
De ahí el saber si existe algún texto tipo, el cual,poder presentar en mi empresa sin que me pongan pegas.
Muchas gracias de antemano.
Tengo la misma cuestión que Luis. Si nos pueden facilitar un modelo se lo agradeceríamos.
Un saludo,
Buenas tardes, soy médico residente y por tanto funcionario del SAS, acabo de ser padre y en personal me comentan que sólo tengo derecho al permiso de paternidad puesto que mi mujer no esta trabajando. Según lo que tengo leído tengo derecho al permiso de lactancia. Que puedo hacer, no quiero recurrir a la via judicial para 15 días que me puedan dar, espero su consejo. Gracias
Tengo una pregunta sobre la lactancia si mi mujer cobra el paro mas va a cobrar la baja de maternidad yo tengo derecho a disfrutar la lactancia de mi hija?
Cuando un padre puede solicitar el permiso por lactancia. Mi duda es. La madre no trabaja y cobra el paro ni ningun tipo de ayuda ni nada, el padre es funcionario cuando puede solicitar la lactancia.