Tal y como comentamos en un post anterior, El factoring como instrumento de financiación: ventajas, el factoring es un instrumento de financiación a corto plazo que paralelamente al servicio de carácter financiero que conlleva, desarrolla otros de gestión, administración y garantía por la insolvencia de los deudores de los créditos cedidos.
En este post nos dedicaremos más a su parte operativa.
El factoring operativo
Las partes que intervienen en el factoring como instrumento de financiación se denominan:
- Cedente: El Vendedor/proveedor que es la empresa que contrata el servicio de factoring con un Establecimiento Financiero de Crédito
- Deudor: Los clientes de la empresa decente, que tienen deuda comercial contraída con el mismo.
- Factor: El Establecimiento Financiero de Crédito, o Entidad Financiera de Factoring
Las modalidades del factoring como instrumento de financiación son las siguientes:
Factoring Sin Recurso
Operaciones en las que la entidad de Factoring asume el riesgo de insolvencia judicial del deudor.
Factoring con Recurso
Operaciones de Factoring en la que el cliente responde de la solvencia del deudor.
Factoring con Notificación
El Factor y/o cedente notificarán al deudor la cesión del crédito. Una vez notificado, el deudor quedará obligado con el nuevo acreedor (factor) por lo que desde que tenga lugar la notificación de la cesión, no se reputará pago legítimo sino el que se hiciera a éste último.
Factoring sin notificación
El deudor al no ser notificado, no tendrá conocimiento de la cesión y pagará directamente al cedente, quedando el cedente obligado frente al factor al pago del importe del crédito cedido y anticipado.
Servicios vinculados a la operativa:
Financieros
- Anticipo del importe nominal de los créditos comerciales cedidos al factor, descontando un interés y comisiones pactadas en el inicio.
Administrativos
- La compañía de factoring será la encargada de gestionar el cobro de las facturas cedidas por sus clientes.
- Conjunto de servicios que tienen como finalidad el correcto control de los créditos cedidos, facilitando al cliente toda la información que precisa para una gestión actualizada.
- Cobertura de riesgo de insolvencias del deudor. Este servicio corresponde al factoring “sin recurso”. La compañía de factoring se hace cargo de la insolvencia del deudor.
A continuación se expone el circuito operativo del Factoring
- Se establece un límite global de financiación para el cedente.
- Se establecen límites para cada uno de los deudores.
- Firma del contrato entre el cedente y la compañía de factoring y notificación de la cesión al deudor.
- El cedente remite remesas mediante envío electrónico o documentación física, abonándose, según las condiciones acordadas, el montante de la remesa al cedente.
La compañía de factoring gestiona el cobro a vencimiento de las facturas, asumiendo el riesgo de impago en la mayoría de los casos.
Si quieres profundizar en estos temas te recomiendo el Master en Dirección Económica y Financiera del que soy tutor.
Gumer Alberola, tutor del Máster en Dirección Económica y Financiera de EIPE.


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