Qué hacer en caso de despido verbal

El Estatuto de los Trabajadores establece una serie de formalidades para el despido pero en muchas ocasiones estas formalidades no se cumplen y al trabajador se le despide con un “no vuelvas más, estás despedido”, es decir, verbalmente, sin carta de despido. En otros casos, el despido además de ser verbal está encubierto como por ejemplo cuando el empresario dice al trabajador “ahora mismo no tenemos más trabajo pásate el mes que viene que seguramente puedas seguir trabajando”, el empresario intenta de esta manera que pase el plazo de 20 días para reclamar por el despido.

El despido verbal beneficia al trabajador, es una buena manera de ser despedido porque lo normal es que sea declarado improcedente por falta de causa y forma legal. Pero el trabajador tiene un problema porque debe acreditar que se ha producido el despido y la fecha de efectos para ver los plazos de reclamación.

¿Qué debe hacer el trabajador?

En primer lugar, el trabajador debe remitir de inmediato un burofax a la empresa requiriéndola para que ponga por escrito el despido o bien se le readmita. La Jurisprudencia ha declarado, de forma unánime, que ese burofax sirve para acreditar la existencia del despido y la fecha de comunicación de mismo.

Ante el burofax remitido por el trabajador, el empresario puede adoptar varías opciones, siendo las más habituales:

  • No responder, parece imposible ser tan torpe pero por mi experiencia, he de decir que es bastante habitual.
  • Poner la comunicación verbal por escrito y notificar, nuevamente, el despido, haciéndolo en esta ocasión a través de la oportuna carta de despido.
  • Negar el despido y “readmitir” al trabajador. No es muy habitual y, en cualquier caso, soluciona el problema al conseguir la recuperación del puesto de trabajo.
  • Negar el despido y alegar que ha sido el trabajador el que ha decidido poner fin, de forma voluntaria y unilateral, a su contrato de trabajo. Es un argumento bastante endeble que fácilmente puede ser desvirtuado por el trabajador en el pertinente juicio.
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Despido verbal

En todo caso, en el caso de despido verbal es necesario  que el trabajador envíe el burofax reclamando a la empresa que ratifique por escrito el despido, ya que para reclamar judicialmente es el elemento de prueba necesario. Así posteriormente, el trabajador podrá presentar demanda contra el despido presentando una papeleta de conciliación.

Otro de los problemas que tendrá el trabajador despedido de forma verbal será acceder a las ayudas y prestaciones en la Oficina de Empleo, puesto que no podrá acreditar la situación legal de desempleo. En estos casos en lo que no se ha facilitado al trabajador ni la carta de despido y seguramente tampoco el certificado de empresa, existe un procedimiento que es el de declaración de carencia de documentación en la solicitud de las prestaciones y permite que sea el Servicio Público de Empleo ( SEPE)  el que requiera a la empresa la documentación necesaria.

 

Marta Martínez Marta Martíneztutora del Máster en Dirección de Recursos Humanos de IMF Smart Education

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Tutora y docente de postgrado de Recursos Humanos en IMF Business School. Licenciada en Ciencias Políticas y Sociología en la especialidad en sociolaborales. Actualmente dirige su propia consultoría de gestión y aprendizaje en Recursos Humanos y Laboral.

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