Calendario laboral 2019: ¿cuántos festivos tendrá?

El Calendario Laboral es el calendario en el que se establecen anualmente los días de trabajo y los días festivos, así como los períodos de vacaciones anuales, ya sean de verano, Navidad o Semana Santa.

Calendario laboral 2019

En el proceso de elaboración del calendario en cada organización, el empresario tiene la obligación de realizar la consulta con los representantes de los trabajadores, debiendo éstos emitir un informe previo sobre el mismo, aunque dicho informe no es vinculante, si se realiza sin esta consulta podría suponer la anulación del calendario laboral.

En cuanto a las vacaciones al margen de lo dispuesto en cada convenio colectivo, si nuestra empresa no dispone de una regulación específica ha de acudirse al Estatuto de los Trabajadores, en cuyo artículo 38 se declara que las vacaciones han de ser fijadas de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, y que éste ha de conocer las fechas que le corresponden como mínimo con dos meses de antelación al comienzo del disfrute.

El calendario laboral de 2019 tendrá 14 festivos: ocho son comunes a todas las Comunidades Autónomas, cuatro son a elección de cada una y otros dos los establecen los ayuntamientos.

Días festivos

Los ocho días festivos que comparten todas las comunidades en 2019 serán los días: 1 de enero (martes, Año Nuevo), 19 de abril (Viernes Santo), 1 de mayo (miércoles, Día del Trabajador), 15 de agosto (jueves, Asunción de la Virgen), 12 de octubre (sábado, Fiesta Nacional), 1 de noviembre (viernes, Todos los Santos), 6 de diciembre (viernes, Día de la Constitución Española) y 25 de diciembre (miércoles, Navidad).

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La Semana Santa se celebra cada año en diferentes fechas, porque se basa en los ciclos lunares. En el año 2019 los días más señalados son del 14 abril 2019 al 20 abril 2019.

También habrá posibilidad de celebrar los famosos «puentes», uno de ellos en noviembre, al caer el Día de Todos los Santos en viernes. Lo mismo ocurrirá en diciembre con el día de la Constitución, viernes.

Comunidad de Madrid

Para la Comunidad de Madrid y a excepción de las dos festividades que corresponde a cada ayuntamiento fijar, los días festivos serán los siguientes: 1 de enero (Año Nuevo); 7 de enero (Epifanía del Señor, se traslada a lunes); 18 y 19 de abril (Jueves y Viernes Santo); 1 de mayo (Fiesta del Trabajo); 2 de mayo (Fiesta de la Comunidad de Madrid); 15 de agosto (Asunción de la Virgen); 12 de octubre (Fiesta Nacional); 1 de noviembre (Día de Todos los Santos); 6 de diciembre (Día de la Constitución);9 de diciembre (lunes), traslado de la Inmaculada Concepción, y 25 de diciembre (Navidad).

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Como hemos dicho al principio, cada Comunidad Autónoma tendrá su propio calendario ya que tienen derecho a elegir cuatro días festivos, de la misma manera que cada Ayuntamiento establece dos días festivos.

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